Fallos
Viernes 02 de Octubre de 2009
Nuevo Procedimiento para Acceder a la Jubilación Vía Internet
La Administración Nacional de la Seguridad Social instrumentó un procedimiento para acceder a la gestión y otorgamiento de la jubilación vía internet para los trabajadores que se desempeñan en relación de dependencia.
Tal herramienta, permite llevar a cabo la gestión automática de la jubilación online para aquellos trabajadores dependientes que se encuentren afiliados al Sistema Integrado Previsional Argentino que cuenten con más de 30 años de servicios en relación de dependencia, debiendo cumplir con los requisitos de edad a partir del segundo semestre de 2009.
De acuerdo a lo que surge de la resolución 176/09, para poder llevar a cabo dicho trámite se deberá ingresar al portal de la ANSeS, eligiendo la solapa Autopista de Servicios y la opción Mi Historia Laboral, con CUIL y Clave de Seguridad.
En caso de que reúna los requisitos, deberá ingresar a la opción Me Quiero Jubilar, donde el sistema verificará si cumple con todos los requisitos para ello.
En dicho trámite, la determinación y el cálculo del haber previsional se regirá por las normas generales que regulan las prestaciones que se soliciten.
Luego de haber transcurrido una semana de haberse iniciado el trámite, se podrá seguir su evolución.
La resolución que le otorga o no dicho beneficio, le será comunicada al domicilio del beneficiario y a su correo electrónico.
Tal procedimiento no podrá ser utilizado por quienes ya hubiesen iniciado el trámite para jubilarse, se encuentren ya jubilados, o registren al menos un período como autónomo, monotributista, becario o pasante, así como tampoco aquellos que tengan períodos como servicios diferenciados o se encuentren incluidos en los denominados regímenes especiales.
Tal herramienta, permite llevar a cabo la gestión automática de la jubilación online para aquellos trabajadores dependientes que se encuentren afiliados al Sistema Integrado Previsional Argentino que cuenten con más de 30 años de servicios en relación de dependencia, debiendo cumplir con los requisitos de edad a partir del segundo semestre de 2009.
De acuerdo a lo que surge de la resolución 176/09, para poder llevar a cabo dicho trámite se deberá ingresar al portal de la ANSeS, eligiendo la solapa Autopista de Servicios y la opción Mi Historia Laboral, con CUIL y Clave de Seguridad.
En caso de que reúna los requisitos, deberá ingresar a la opción Me Quiero Jubilar, donde el sistema verificará si cumple con todos los requisitos para ello.
En dicho trámite, la determinación y el cálculo del haber previsional se regirá por las normas generales que regulan las prestaciones que se soliciten.
Luego de haber transcurrido una semana de haberse iniciado el trámite, se podrá seguir su evolución.
La resolución que le otorga o no dicho beneficio, le será comunicada al domicilio del beneficiario y a su correo electrónico.
Tal procedimiento no podrá ser utilizado por quienes ya hubiesen iniciado el trámite para jubilarse, se encuentren ya jubilados, o registren al menos un período como autónomo, monotributista, becario o pasante, así como tampoco aquellos que tengan períodos como servicios diferenciados o se encuentren incluidos en los denominados regímenes especiales.
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