Plan Nacional de Inversiones Públicas 2025-2027: Criterios de priorización de los proyectos de inversión

El 31 de mayo de 2024 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución Conjunta N° 31/2024 de la Secretaría Ejecutiva de Gobierno de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía. Mediante dicha norma, se determinan los criterios para la priorización de proyectos de inversión en el Plan Nacional de Inversiones Públicas 2025-2027, los cuales serán:

 

– Proyectos iniciados, es decir, que se encuentren en la etapa de ejecución.

 

– Proyectos a iniciar que: (a) tengan un impacto positivo en la generación de empleo; (b) promuevan la actividad exportadora; (c) contribuyan a mejorar la balanza energética; (d) incidan en potenciar el desarrollo tecnológico; (e) cuenten con informe de calificación técnica vigente emitido por la Dirección Nacional de Inversión Pública; (f) cuenten con estudios de prefactibilidad o factibilidad informados a la Dirección Nacional de Inversión Pública; (g) cuenten con financiamiento externo proveniente de operaciones de crédito en ejecución y eventualmente en preparación, avaladas por la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía.

 

Es importante tener presente que, tal como se lo señala en sus considerandos, los criterios de priorización establecidos representan sólo un esquema de ordenamiento y clasificación de la información del Banco de Proyectos de Inversión Pública (BAPIN), sin implicar la automática selección y/o asignación crediticia de los gastos de capital del Presupuesto Nacional.

 

Por Oscar Aguilar Valdez y Santiago Barbaran

 

 

Beccar Varela
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