Prorrogan la emergencia del Sector Energético Nacional hasta fines de 2027

El 27 de enero de 2026, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 49/2026 (el “Decreto”), por el cual se prorrogó la emergencia del Sector Energético Nacional, originalmente declarada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia  N° 55/2023 (prorrogada por los Decretos Nros. 1023/2024 y 370/2025), y se introduce un régimen transitorio de precio máximo para el gas natural resultante de la regasificación del Gas Natural Licuado (GNL) durante los próximos dos inviernos.

 

En esta oportunidad, la prórroga alcanza exclusivamente a los segmentos de transporte y distribución de gas natural, así como a las acciones que de ella se deriven, y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027.

 

Asimismo, el Decreto incorpora un régimen transitorio de precios para el GNL importado, aplicable al abastecimiento de los dos próximos períodos invernales. A tal efecto, se establece un precio máximo de venta en el mercado interno del gas resultante de la regasificación del GNL, el cual no podrá superar el marcador internacional que determine la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía (SE), más un valor adicional en dólares estadounidenses por millón de BTU (British Thermal Unit) destinado a cubrir los costos de flete marítimo, regasificación, almacenaje, comercialización y transporte por ducto hasta el punto de entrega en Los Cardales, Provincia de Buenos Aires.

 

La determinación del valor en dólares estadounidenses referida en el párrafo anterior será el resultado del procedimiento de selección competitivo que, conforme a las bases que establezca la Secretaría de Energía, se lleve a cabo para la importación de GNL utilizando la capacidad de regasificación disponible de Energía Argentina Sociedad Anónima (ENARSA). En caso de fracasar tal procedimiento, ENARSA asumirá directamente la importación, regasificación y comercialización del GNL en el mercado interno.

 

La SE dictará todas las normas aclaratorias y complementarias que resulten pertinentes e impartirá las instrucciones necesarias a ENARSA, a fin de dar pleno cumplimiento a lo previsto en el Decreto.

 

Para acceder al Decreto N° 49/2026, haga clic aquí.

 

Para acceder a nuestras noticias sobre la emergencia del sector energético y sus prórrogas, haga clic aquíaquí y aquí, respectivamente.

 

Por María Inés Corrá, Cristian Galansky, Fernando Brunelli, María Lourdes Garay y María Morena Echegaray

 

 

Bomchil
Ver Perfil

Artículos

Acusaciones públicas: verdad ambigua y el colapso de la confianza institucional
García Vautrin Condomí Alcorta & Asoc.
detrás del traje
Nos apoyan