Ratifican Procesamiento por Infracción a la Ley de Marcas

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal decidió confirmar el procesamiento dictado sobre un comerciante acusado de infracción a la ley de marcas, quien había sido previamente denunciado por una firma deportiva por la venta de ropa con la marca falsificada en un local de Belgrano

 

La causa “Yedid, Luis Elías s/ procesamiento” fue iniciada a raíz de una denuncia de la firma “Adidas A.G.”, en la que se sostuvo que en un local del barrio de Belgrano se estarían vendiendo prendas espurias de esa marca, siendo corroborados los extremos denunciados luego del allanamiento efectuado sobre el comercio.

 

El titular del Juzgado Federal Nº 6, había decidido procesar al responsable del comercio por el delito previsto y reprimido por el artículo 31 inc. “d” de la ley 22.362, tras entender el magistrado federal que existía merito suficiente para dictar el procesamiento por haber tenido para la venta productos con marca registrada falsificada o fraudulenta.

 

Al entender en el presente caso, los jueces que integran la Sala I, coincidieron con el juez federal, señalando que se había corroborado, con el grado de certeza que esta etapa requiere, que en el local comercial denunciado se ofrecían para la venta productos de la marca “Adidas A.G.” falsificada, constituyendo la conducta prohibida por el artículo 31, inc. “d” de la ley 22.362.

 

Los camaristas rechazaron los argumentos expuestos por la defensa del procesado, quien señaló que no existió dolo en el accionar de su defendido, debido a que desconocía la falsedad de las prendas que exhibía para la venta.

 

Al confirmar el procesamiento apelado, los magistrados señalaron que “…la ley de marcas protege las buenas prácticas comerciales y el público consumidor, concediéndosele al titular de la marca registrada el derecho a usarla y a gozarla en forma exclusiva, mientras que al consumidor le sirve de garantía respecto del origen de los productos que recibe…”.

 

 

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