Mediante la resolución general N° 1.072 (en adelante, la “Resolución”), la Comisión Nacional de Valores (en adelante, la “CNV”) aprueba la reglamentación definitiva del régimen de oferta pública con autorización automática de acciones por su bajo y mediano impacto.
Este esquema, que había sido sometido a consulta pública a través de la resolución general N° 1065, se formaliza con lineamientos que buscan agilizar la emisión de acciones.
En ese sentido, la presente Resolución incorpora dos regímenes especiales aplicables al ofrecimiento de acciones que, por su bajo o mediano impacto, puedan ser eximidos total o parcialmente de las obligaciones aplicables a los participantes en el régimen de oferta pública, pero, que, a su vez, sean considerados como ofertas públicas que cuenten con autorización automática de la CNV.
En primer lugar, se establece un régimen de autorización automática de oferta pública de bajo impacto con la posibilidad de emitir acciones por un monto de hasta 1.000.000 de Unidades de Valor Adquisitivo (en adelante, las “UVAs”), sin la exigencia de presentar prospectos y otros documentos, ni contar con la previa autorización de la CNV.
Por otro lado, se establece un régimen de autorización automática de oferta pública de mediano impacto que permite emitir acciones por un monto de hasta 7.000.000 de UVAs que requerirá de un trámite de ingreso al régimen con menores exigencias, cumpliendo con obligaciones informativas específicas para proteger a los inversores.
Por último, para calcular el monto nominal máximo previsto para las emisiones de bajo y mediano impacto se considerará como parte de una misma oferta a todas las emisiones de acciones realizadas por el emisor bajo estos regímenes por el período de doce meses.
Por Agustín Cerolini, Martín Chindamo y Tomás Mingrone
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