Resolución 926/2025: ENACOM redefine el régimen de control para prestadores TIC

El ENACOM dictó la Resolución 926/2025, una norma de alto impacto para los licenciatarios de Servicios TIC, que modifica el régimen de presentación de las declaraciones juradas relativas a la Tasa de Control, Fiscalización y Verificación (TCFV) y al Aporte al Servicio Universal (SU), ambos previstos por la Ley Argentina Digital.

 

Los puntos más relevantes de la norma son:

 

  • Migración obligatoria al Sistema Hertz

A partir de la entrada en vigencia, los licenciatarios deberán presentar sus DDJJ exclusivamente a través del Sistema Hertz, una plataforma electrónica más robusta en términos de trazabilidad e integridad de los datos, que reemplaza el uso previo de TAD y los formularios físicos.

 

  • Uniformidad de periodicidad

Se elimina la distinción entre prestadores según ingresos, pasando a un régimen único de presentación mensual, lo cual homogeneiza las obligaciones y facilita el control cruzado por parte del ENACOM.

 

  • Criterios objetivos de recargo por mora

Se introducen recargos automáticos por mora basados en la Tasa Activa Cartera General Diversas del Banco Nación, incrementada en un 100%, con liquidación desde el día siguiente al vencimiento.

 

  • Derogación de formularios y normativa redundante

Se suprimen múltiples disposiciones anteriores, incluidos formularios y artículos de resoluciones pasadas que ya no se ajustaban al marco tecnológico ni a las herramientas de gestión actuales.

 

¿Qué recomendamos?

 

  •  Revisar el circuito de presentación y validación interna de DDJJ.
  • Verificar deducciones aplicadas conforme a las nuevas exigencias (por ejemplo, CUIT del proveedor de interconexión).
  • Actualizar y verificar los apoderamientos activos en la Plataforma TAD.
  • Implementar mecanismos de trazabilidad interna para evitar errores u omisiones.

Por Sofía A. Grassi y Damián H. Navarro

 

 

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