RG AFIP 4856/2020. Nuevo período de Feria Fiscal Extraordinario

La RG AFIP 4856/2020, publicada en el B.O el 11/11/20, fijó entre el 9 y el 29 de noviembre de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinario con el alcance de las previsiones de la RG 1.983/2020, sus modificatorias y complementarias.

 

Se exceptúa nuevamente de la feria fiscal a:

 

a) Los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a la AFIP por la OCDE, así como la proveniente del intercambio de información en el marco de acuerdos y convenios internacionales.

 

b) Los procedimientos de fiscalización, sumariales y de determinación de oficio, relacionados con el Régimen de Precios de Transferencia.

 

c) Los procedimientos de fiscalización electrónica efectuados con arreglo a lo dispuesto por la RG 3.416.

 

d) Los procedimientos de fiscalización, sumariales y de determinación de oficio, originados en la detección de facturación apócrifa. 

 

 

Abeledo Gottheil Abogados
Ver Perfil

Opinión

Las Cláusulas de Rescisión en el régimen federativo del fútbol argentino. La nueva “Cláusula Simplificada de Finalización de Contrato”
Por Carlos Adolfo Garcia
detrás del traje
Nos apoyan