El 26 de febrero de 2025 entró en vigencia la Resolución General Conjunta N° 5651/2025 (la “Resolución”), emitida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero y Secretaría de Industria y Comercio, que elimina la obligatoriedad de presentar información estadística anticipada al importar.
La Resolución tiene como objetivo la simplificación de los procedimientos de importación en el territorio argentino, eliminando el requisito de información anticipada y haciendo que el proceso se vuelva más sencillo y eficiente. En este contexto, se ha establecido que los importadores quedan exentos de brindar información estadística previa a efectuar sus operaciones de importación.
En razón de ello se estableció que las declaraciones registradas a través del “Sistema Estadístico de Importaciones” (SEDI) quedarán sin efecto a partir del 26 de febrero de 2025.
Asimismo, con el propósito de fomentar la eficiencia y garantizar el cumplimiento de las normativas internacionales de comercio, se ha dispuesto abrogar la Resolución General Conjunta N° 5429/2023 (de la ex Administración Federal de Ingresos Públicos y la ex Secretaría de Comercio), así como la derogación de los artículos 1 a 9, 13 y 14 de la Resolución General Conjunta N° 5466/2o23 y del artículo 1 inciso a) de la Resolución General Conjunta N° 5478/2024, emitidas por los referidos organismos.
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