Se difiere parcialmente la actualización del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y del Impuesto al Dióxido de Carbono para naftas y gasoil

Mediante el Decreto 900/2025, publicado en el Boletín Oficial el 19/12/2025, el Poder Ejecutivo Nacional aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), por un monto de hasta USD 300.000.000, destinado al financiamiento adicional del Proyecto “Apoyo a la Transición hacia Sectores de Electricidad y Gas Sostenibles en Argentina”, ad referéndum de que el Proyecto resulte aprobado por el Directorio Ejecutivo del BIRF.

 

También se aprobaron las “Condiciones Generales para Financiamiento del BIRF: Financiamiento de Proyectos de Inversión” y las “Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión”.

 

El financiamiento adicional incorpora, entre otros, el fortalecimiento de la capacidad para focalizar de mejor modo los subsidios a la energía (denominado Parte 3) y el financiamiento de subsidios al gas racionalizados y simplificados para usuarios con criterios de elegibilidad validados (denominado Parte 4).

 

Asimismo, se indica que la ejecución del Proyecto y el uso de los recursos estarán a cargo del Ministerio de Economía a través de la Secretaría de Energía, mediante la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, con intervención del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad como subejecutor de la Parte 3. Se prevé, además, la coordinación administrativa y fiduciaria por la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales de la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía.

 

El Decreto faculta al Ministro de Economía (o a los funcionarios que designe) y al Secretario de Finanzas a suscribir, en forma indistinta, el Contrato de Préstamo y la documentación adicional, ad referéndum de la aprobación del financiamiento por el Directorio Ejecutivo del BIRF. También autoriza a convenir modificaciones al contrato, siempre que no impliquen cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni incrementen el monto, ni alteren el procedimiento arbitral pactado.

 

Se designa como “Organismo Ejecutor” del Financiamiento adicional para el Proyecto “Apoyo a la Transición hacia Sectores de Electricidad y Gas Sostenibles en Argentina” al MINISTERIO DE ECONOMÍA, a través de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, mencionándose que actuará mediante la SUBSECRETARÍA DE TRANSICIÓN Y PLANEAMIENTO ENERGÉTICO como responsable con competencia primaria en la materia, y del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD, o ente que en el futuro lo reemplace, que actuará como Subejecutor de la Parte 3 del referido Proyecto.

 

A su vez, la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA estará a cargo de la coordinación administrativa y fiduciaria del Proyecto; y brindará asistencia en la ejecución de dichos aspectos para la referida Parte 3 del Proyecto mencionado.

 

Acceda al texto completo en el Boletín Oficial: BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – CONTRATOS – Decreto 900/2025

 

Por Agustín Siboldi, Jorge Muratorio, Ana Belen Micciarelli y Nives Fornarini Costa

 

 

O'Farrell
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