Se implementa un sistema web para informar ayuda económica mutual, facilitando la carga de datos y reemplazando métodos anteriores

Mediante la Resolución N° 1279/2026 (RESFC-2026-1279-APN-DI#INAES) del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina N° 35.937 de fecha 25-09-2026, se aprobó el sistema de transmisión web del régimen informativo del servicio de ayuda económica Mutual, establecido en el artículo 17º inciso b) de la Resolución N° 1418/03, - TO Resolución N° 3034/2024-, de conformidad con los parámetros técnicos establecidos por la Coordinación de Servicios Digitales e Informáticos de la Dirección General Técnico Administrativa, de acuerdo al tutorial descripto en el IF-2026-57548748-APN-CSDI#INAES, que como Anexo integra la presente resolución.

 

A través de esta plataforma, las entidades mutuales deberán comunicar mensualmente al INAES y al órgano local competente la información sobre préstamos a sus asociados, fondo para incobrables, fondo de garantía y la relación máxima entre ahorro y patrimonio.

 

Este sistema web entra en vigor con el régimen informativo correspondiente al mes de julio de 2026. Asimismo, los períodos adeudados deberán ser transmitidos bajo esta nueva modalidad.

 

Entre sus fundamentos, el organismo explica “Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL es la autoridad de aplicación del régimen legal aplicable a las mutuales en todo el territorio nacional, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 20.321 - artículo 1º-, y los Decretos Nros. 420/96, 721/00, sus modificatorios y complementarios.

 

Que, en tal sentido, la Ley Nº 20.321, en su artículo 1º, establece que las mutuales se rigen por las disposiciones de la citada ley y por las normas que dicte este Organismo.

 

Que el artículo 4° de la Ley N° 20.321 define a las prestaciones mutuales como aquellas que mediante la contribución o ahorro de sus asociados o cualquier otro recurso lícito, tiene por objeto la satisfacción de necesidades de los socios, entre los que enumera a los préstamos, contemplando que los ahorros de los asociados pueden gozar de un beneficio que estimule su capacidad ahorrativa”.

 

La nueva modalidad de presentación que se implementa a través del sistema de transmisión web, conforme informa la medida, resulta más segura y simplifica el trámite que las entidades deben realizar ante este organismo, ofreciendo mayor accesibilidad, eficiencia y seguridad en el momento en que las mutuales realicen sus cargas informativas, redundando en una mejor experiencia de cumplimiento.

 

Agregando: “Que la nueva modalidad sustituye por completo el flujo de descarga y carga de archivos externos de planilla de cálculo que las entidades debían gestionar en sus equipos locales, el cual generaba reiterados inconvenientes técnicos vinculados a la compatibilidad con los sistemas operativos y con las distintas variantes de software de hojas de cálculo y obstaculiza el cumplimiento tempestivo de las obligaciones informativas”.

 

 

Resqui Pizarro - Recasens Siches & Asociados. Abogados - Consultores - Agentes de la Propiedad Industrial
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