De acuerdo con la Resolución 589/2025 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), las modificaciones regirán para pólizas y renovaciones emitidas a partir del 1.° de enero de 2026. A continuación, detallamos los límites dispuestos.
Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil en caso de muerte o incapacidad total y permanente por persona: ARS 20.800.000.
Seguro Voluntario de Responsabilidad Civil para los Vehículos Automotores y/o Remolcados:
- Vehículos, motocicletas, casas rodantes: ARS 208.000.000.
- Taxi/remise, camión/acoplado, servicios de urgencias, vehículos para transporte de pasajeros con menos de 8 asientos (con un peso de hasta 3.500 kg): ARS 455.000.000.
- Vehículos para transporte de pasajeros con más de 8 asientos (con un peso mayor a 3.500 kg): ARS 676.000.000.
Seguro de Responsabilidad Civil para Vehículos intervinientes en un servicio convenido por intermedio de una Plataforma Tecnológica: ARS 455.000.000.
Obligación Legal Autónoma:
- Gastos sanatoriales: ARS 910.000.
- Gastos de sepelio por persona: ARS 533.000.
- Muerte o incapacidad total y permanente por persona: ARS 20.800.000.
Franquicia o Descubierto Obligatorio para taxi y/o remise: ARS 494.000.
La Resolución establece que aquellas aseguradoras que quisieran ampliar los nuevos límites establecidos para los seguros de responsabilidad civil voluntarios deberán solicitar autorización a la SSN y remitir la siguiente documentación:
- Nota firmada por el Presidente de la entidad solicitando la ampliación de los límites de cobertur
- Política de Suscripción y Retención de Riesgos conforme el punto 24.1. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN 38708 de fecha 6 de noviembre de 2014).
Por Pablo S. Cereijido y Paula Victoria Bosio Amor
Opinión
Estudio Garrido Abogados
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