La Corte Autorizó las Ejecuciones Fiscales
Luego de que la Cámara en lo Contencioso Administrativo suspendiera las ejecuciones fiscales en marzo de este año como consecuencia de la falta de recursos en los juzgados para poder llevar a cabo tales procedimientos, la Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió hacer lugar al pedido presentado por la Administración Federal de Ingresos Públicos para autorizar nuevamente las ejecuciones fiscales. El Máximo Tribunal decidió hacer lugar al planteo presentado por la AFIP para revocar la decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de suspender las ejecuciones fiscales, ordenando que se adopten las medidas necesarias para proveer a los juzgados de los recursos humanos y materiales necesarios para el restablecimiento de las causas de competencias de los tribunales federales de ejecuciones fiscales tributarias. La Corte, hizo lugar al planteo de la AFIP, quien consideraba que la medida adoptada por la Cámara constituía un exceso en la competencia de la misma, derivando ello en una privación de justicia. Los jueces que componen el Máximo Tribunal, decidieron dejar sin efecto la Acordada 3/09, restableciendo el trámite para llevar a cabo las ejecuciones fiscales tributarias, recordándole a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal que las medidas como las adoptadas corresponden a las facultades de superintendencia de ese Tribunal. La AFIP solicitó al Consejo de la Magistratura que adopte las medidas necesarias para proveer a los juzgados de los recursos humanos y materiales necesarios correspondientes, permitiendo con ello regular sin demoras la adecuada prestación del servicio de justicia.

 

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