La perención del beneficio de litigar sin gastos anterior no configura una circunstancia sobreviniente del Art. 84 del Código Procesal

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil explicó que la perención del incidente anterior no puede ser considerada entre las circunstancias sobrevinientes aludidas en el tercer párrafo del artículo 84 del Código Procesal, a poco que se advierta que una interpretación contraria importaría acordar la posibilidad de eludir el pago de las costas del proceso mediante el solo recurso de articular sucesivos pedidos para litigar sin gastos, aunque la petición careciera de sustento y se incumpliera la carga de impulsar su trámite.

 

En los autos caratulados “Solomita, Italo Cristian s/ Beneficio de litigar sin gastos”, el solicitante de la franquicia apeló la resolución de primera instancia que desestimó la apertura del presente beneficio de litigar sin gastos. La magistrada de grado no hizo lugar a la apertura del beneficio de litigar sin gastos promovido por el actor, con sustento en lo dispuesto en el art. 84 tercer párrafo del Código Procesal (texto según ley 25.488).

 

Los magistrados que componen la Sala B recordaron que “dicha norma legal establece que el beneficio podrá ser promovido hasta la audiencia preliminar o la declaración de puro derecho, salvo que se aleguen y acrediten circunstancias sobrevinientes”, por lo que " conforme la normativa vigente el beneficio se podrá iniciar antes de entablarse la demanda que lo origina o bien, hasta la audiencia preliminar o la declaración de puro derecho”.

 

En tal sentido, los camaristas precisaron que “con posterioridad a dichas ocasiones habrá que determinar si existen circunstancias sobrevinientes que autoricen su iniciación”, agregando que “si bien no hay un concepto que identifique las mentadas “circunstancias”, va de suyo que la excepción indicada por la norma no persigue amparar el actuar negligente del solicitante, sino que atiende principalmente a considerar el revés económico que pudo haber sufrido luego de las indicadas oportunamente”.

 

Con relación al presente caso, los Dres. Mauricio Luis Mizrahi, Claudio Ramos Feijoó y Roberto Parrilli juzgaron que “el accionante ha actuado con evidente falta de interés, conducta esta que no puede hallar amparo en una norma que contempla precisamente circunstancias excepcionales que autorizan la promoción de un nuevo beneficio fuera de las oportunidades taxativamente señaladas por la ley”.

 

En el fallo dictado el pasado 27 de junio, el tribunal remarcó que “el actor ya había invocado en anteriores presentaciones su falta de recursos para afrontar el juicio, mas ello no permite asignar a la situación descripta el carácter de “circunstancias sobrevinientes” como se pretende al promover este nuevo beneficio”, por lo que “la circunstancia alegada por el actor es una secuela del hecho principal, y las declaraciones testimoniales agregadas no refieren a la situación económica actual derivada de la intervención reputada como sobreviniente”.

 

Por otro lado, los camaristas aclararon que “la perención del incidente anterior no puede ser considerada entre las circunstancias sobrevinientes aludidas en el tercer párrafo del artículo 84 del ritual, a poco que se advierta que una interpretación contraria importaría acordar la posibilidad de eludir el pago de las costas del proceso mediante el solo recurso de articular sucesivos pedidos para litigar sin gastos, aunque la petición careciera de sustento y se incumpliera la carga de impulsar su trámite, con el consiguiente desmedro para la administración de justicia, para la garantía de igualdad de las partes y para el fisco”.

 

En base a lo expuesto, y “no configurándose en el caso el supuesto que contempla el art. 84 tercer párrafo de la ley del rito, habiéndose superado la oportunidad que prevé dicha norma para solicitar la franquicia”, la mencionada Sala decidió confirmar la resolución recurrida.

 

 

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