Las Sociedades Instrumentales: ¿Quiénes Son?

Conocidas también como “sociedades fantasma” o “sociedades pantalla”, las sociedades instrumentales ocultan una realidad latente que por alguna razón se desea mantener en la penumbra. Usualmente -no siempre- se emplean para sortear un escollo legal o contractual, o una consecuencia legal no querida. Por ejemplo: tengo una prohibición de competir con una determinada persona o empresa y para superar esa barrera desarrollo mi actividad competitiva a través de un vehículo societario detrás del cual me escudo.

 

Existe una creencia generalizada de que tales sociedades son ilegales per se. Sin embargo, el tema admite algunos matices.

 

Formal y técnicamente las sociedades instrumentales son vehículos jurídicos válidos y legales; es la finalidad con la que se utilizan la que habrá de perfilar su ilicitud, una vez que esa finalidad se traduzca en actos concretos.   

 

Vale decir que las sociedades instrumentales también pueden obedecer a fines completamente legítimos. Así, el blindaje del patrimonio de cada línea productiva o actividad de mi negocio o la limitación de la responsabilidad del empresario o la financiación a una o varias compañías.

 

De manera tal que no es la sociedad como tal la que habrá de ser ilegal -un estatuto violatorio de las leyes no debiera ser pasible siquiera de aprobación por los organismos competentes-, sino que será ilegal la comisión de actos concretos contrarios a la ley (infracciones, delitos, violaciones de contrato, etc.).  

 

Por Santiago Di Bello y Guillermo Duarte

 

 

Bergstein Abogados
Ver Perfil

Opinión

El Fallo “Oliva c Coma” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Aspectos legales y resultado económico
Por Fernando A. Font
Socio de Abeledo Gottheil Abogados
empleos
detrás del traje
Alejandro J. Manzanares
De MANZANARES & GENER
Nos apoyan