Ley de Tarjetas de Crédito - Ley de Defensa del Consumidor: Resolución 87/2024 de la Secretaría de Comercio: reglamentación para prevenir captura indebida de datos

El 12 de marzo de 2024, se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la Resolución 87/2024 de la Secretaría de Comercio, dependiente del Ministerio de Economía, que estableció la obligatoriedad para los establecimientos comerciales de poner a disposición del consumidor las terminales electrónicas para el pago ("terminales de captura de datos" o "POS") para las transacciones que realicen con tarjetas de crédito, compra o débito hasta la finalización completa de la operación.

 

La finalidad de la Resolución 87/2024 es evitar que el consumidor pierda el control o quede desapoderado de su tarjeta durante la transacción, reduciendo así la posibilidad de la captura indebida de sus datos, o su uso fraudulento.

 

Se estableció un plazo de 180 (ciento ochenta) días, contados a partir de su entrada en vigencia, a efectos de que los proveedores adapten sus servicios de atención al cliente en el sentido expuesto. 

 

Cualquier infracción a la presente Resolución será pasible de las sanciones previstas en el art. 47 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, a saber:  apercibimiento; multas que varían entre 0,5 a 2100 canastas básicas total para el hogar 3, que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC); clausura del establecimiento, entre otras.  

 

Las modificaciones introducidas entraron en vigencia el 12 de marzo de 2024, y pueden ser consultadas a través del siguiente link.

 

Por Melisa Romero y  Antonella Colombo

 

 

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