Ley de Tickets. Instrucciones de Uso

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Dos Minutos de Doctrina Por Paula Oviedo y Pablo Ren谩n Bilbao. Estudio Negri & Teijeiro Abogados Se public贸 el anunciado Decreto 198/2008, reglamentario de la Ley 26.431 y se despejaron algunas de las dudas que la mencionada ley hab铆a provocado en los empleadores.
El decreto El Decreto 198/2008, reglamentario de la Ley 26.431, publicado el 6 de febrero de 2008, responde, con un 茅xito parcial, a algunas de las dudas que hab铆a generado esa ley. En primer lugar, el decreto establece un cronograma al que deber谩n ajustarse los empleadores para dotar de car谩cter remuneratorio a los tickets y al resto de los beneficios sociales que ven铆an entregando a sus empleados y que fueron alcanzados por la ley. La conversi贸n comenzar谩 en el bimestre enero/febrero de 2008, y se reflejar谩 en los salarios de los trabajadores que se paguen durante los primeros d铆as de marzo. As铆 el decreto confirma que la conversi贸n ser谩 鈥減rogresiva鈥, en porciones del 10% por cada bimestre vencido. El esquema de conversi贸n est谩 explicado mediante un cuadro que, como anexo, integra el decreto. Adem谩s se dispone que la porci贸n remanente de tickets y dem谩s beneficios no remuneratorios que se contin煤en pagando durante el tiempo que insuma su transformaci贸n en remunerativos,seguir谩n sujetos al aporte previsional reducido del 14%. En tercer lugar, se precisa que los vales alimentarios otorgados en virtud del Decreto 815/2001 tambi茅n est谩n alcanzados por la transformaci贸n progresiva establecida por la ley. Por 煤ltimo, con respecto a las sumas que progresivamente adquirir谩n car谩cter remuneratorio se aclara que: (i) integrar谩n la base imponible para pagar la Contribuci贸n Unificada de la Seguridad Social y (ii) no se incorporar谩n al salario b谩sico de los trabajadores, salvo acuerdo colectivo en contrario. Con esto 煤ltimo el decreto anticipa las futuras negociaciones sobre el salario b谩sico, en el a帽o que comienza. Las dudas La Ley 26.431 hab铆a derogado la contribuci贸n del 14%. Sin embargo, esta contribuci贸n renace como el ave f茅nix en virtud del decreto reglamentario, lo que es de dudosa constitucionalidad. Por otra parte, se genera una situaci贸n de desigualdad entre los trabajadores que ingresaron a una empresa luego de la sanci贸n de esta normativa 鈥搚 por ende no deber铆an recibir tickets- y aquellos que poseen una antig眉edad mayor y s铆 los reciben. No obstante, y en caso de que los empleadores as铆 lo deseen, existen mecanismos para reducir esta situaci贸n de desigualdad aunque no para eliminarla por completo.

Abogados.com.ar agradece la colaboraci贸n del Estudio Negri & Teijeiro Abogados www.negri.com.ar

 

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