Mendoza: Fallo a Impide Cobrar Impuesto Diferencial a Productos Lácteos

La Corte Suprema de Justicia no dudó en dictar una medida cautelar en le causa “Logística La Serenísima” en la cual frena la aplicación de un tributo provincial que afectaba principalmente a los productos lácteos.

 

De esta manera, la provincia de Mendoza deberá abstenerse a exigir el pago de una tasa retributiva por derecho de servicio de inspección. Además, no podrá impedir u obstaculizar el ingreso, la distribución y la comercialización de productos lácteos introducidos en “tránsito federal” hasta que se dicte sentencia definitiva.

 

Lo que el Máximo Tribunal cuestiona es si las normas locales son contrarias a la Constitución Nacional y al Código Alimentario Argentino ya que se ve afectado el comercio interjurisdiccional. También, se analiza si la actuación de las autoridades locales invade el ámbito que le es propio a la Nación.

 

A través de la Ley 6.959, la provincia de Mendoza estableció un tributo aplicado al tránsito interjurisdiccional de productos lácteos denominado “Derechos por servicios de inspección de productos, subproductos y derivados de origen animal”.

 

Así, se formó un sistema de inspección, control y fiscalización higiénico-sanitario del tránsito federal de productos lácteos y sus derivados. El objetivo que tiene la medida es fiscalizar el cumplimiento de las normas del Código Alimentario Argentino.

 

Cuando un particular radicado fuera de la provincia pretende introducir los productos ya mencionados para su posterior venta está obligado al pago de este tributo. En cada ocasión se verifica el transporte y el particular deberá informar anticipadamente al gobierno de Mendoza para que se realice el control pertinente. Si el tributo no se paga, se impide el comercio de los productos en la provincia.

 

Por otra parte, la Corte resolvió que en los artículos 9, 10 y 11 de la Constitución Nacional se procura que el territorio nacional sea el único espacio económico. Además, impiden que cualquier provincia hostilice el comercio de los productos originarios de otras.

 

 

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