Minería: se dejan sin efecto los reintegros a las exportaciones de litio de la Puna

En resumen
   
Mediante el Decreto N° 57/2023 ("Decreto") dictado el 3 de febrero de 2023, el Poder Ejecutivo Nacional ("PEN") dejó sin efecto el reintegro del 5% a las exportaciones de litio ("Beneficio"), óxido e hidróxido de litio, cloruro de litio y carbonato de litio elaborados en las Provincias de Catamarca, Jujuy y Salta ("Provincias").
 
En profundidad

 

  • El PEN resolvió dejar sin efecto el Beneficio al considerar que el sector de la economía dedicado a las actividades extractivas de litio y sus derivados ha registrado un crecimiento exponencial en virtud de un aumento de la demanda global. Por lo tanto, los reintegros a las exportaciones del litio de las Provincias pasarán a ser del 0%.
  • Esta decisión del Poder Ejecutivo se realiza en consonancia con lo resuelto mediante Resolución N° 15/23 del Ministerio de Economía, a través de la cual se instruyó a las áreas competentes del Ministerio de Economía para que proyecten el acto administrativo que deje sin efecto el reintegro a la exportaciones de litio, óxido e hidróxido de litio, cloruro de litio y carbonato de litio.
  • Las posiciones arancelarias afectadas son las 2805.19.90, 2825.20.10, 2825.20.20, 2827.39.60 y 2836.91.00 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) que tengan como origen las Provincias.

La quita del Beneficio por parte del PEN constituye una medida que modifica negativamente la situación de los proyectos ubicados en el Norte Argentino, los cuales verán afectada su competitividad y sus márgenes de rentabilidad al modificarse la carga impositiva indirecta que pesa sobre ellos.  

 

Por Adolfo Durañona, Ezequiel Artola, Delfina Ferrario y Rodrigo López Galache

 

 

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