Fallos
Lunes 08 de Junio de 2009
Modificaciones de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo para Prevenir Accidentes
Las empresas donde ocurren una mayor cantidad de accidentes de trabajo, serán obligadas a realizar planes especiales de mejora sobre sus condiciones, habiendo dispuesto la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, la implementación de un plan de reducción de la siniestrabilidad y un programa de adecuación a las normas.
Con el fin de reducir los accidentes de trabajo en aquellas empresas en donde más se producen, la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, puso en marcha un nuevo programa de rehabilitación que deberán gestionar las aseguradoras de riesgos de trabajo (ART).
Dicha obligación, abarcará a aquellas firmas que tengan 50 o más trabajadores, y cuya cantidad de accidentes por trabajadores asegurados sea superior al 10% que el promedio registrado por los empleadores de la misma actividad.
También quedarán obligadas aquellas firmas donde por causas laborales hubiese fallecido al menos un trabajador en un año.
Dicha medida fue adoptada, tras comprobarse que el 40 por ciento de los accidentes laborales se produce en un 1 por ciento de las empresas.
Por otro lado, otra resolución de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, establece nuevas pautas para la contratación de pólizas del seguro.
La misma, dispone que antes de los 90 días hábiles posteriores a la firma de un contrato, las ART deben evaluar la verosimilitud de los datos que hubiese informado el empleador respecto a los factores de riesgo existentes en el lugar de trabajo.
La resolución Nº 463, donde se contempla un rediseño del esquema de responsabilidades existentes, establece que dichas obligaciones de información y verificación rigen desde el presente mes, siendo aplicables en aquellas empresas donde haya más de 5 empleados así como a aquellas donde hubiese menos empleados pero existiese algún riesgo higiénico.
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