El 12 de noviembre de 2021 la Comisión Para el Mercado Financiero (la “CMF”) impartió la Norma de Carácter General N° 461, que modifica la estructura y contenido de la memoria anual de los Emisores de Valores y modifica y deroga las normas que Indica.
En particular, la CMF incorporó nuevas exigencias para la información que debe ser incluida en las memorias anuales de las entidades supervisadas por la CMF, en línea con los criterios ambientales, sociales y de gobierno corporativo -ASG- que han ido adquiriendo cada vez más relevancia en empresas de Chile y el mundo. Las entidades seguirán proporcionando a la CMF su memoria a través del sistema de envío de información en línea -SEIL- y manteniendo dicha información disponible por al menos 5 años consecutivos, pero las memorias deberán contar con una nueva estructura en función de los criterios antes señalados.
En adelante, algunas de las materias que se deberán tratar en las memorias anuales incluyen:
- La misión, visión y el propósito de la entidad, y especialmente, si ésta adhiere a los Principios Rectores sobre Derechos Humanos y Empresas emanados de las Naciones Unidas, u otro estándar o guía equivalente.
- Ciertas materias relativas a gobiernos corporativos, tales como: i) la forma en que la entidad busca garantizar y evaluar el buen funcionamiento de su gobierno corporativo; ii) cómo la entidad integra un enfoque de sostenibilidad en sus negocios, como en materias ambientales (en especial, el cambio climático), sociales y respecto de derechos humanos, en procesos de evaluación y definiciones estratégicas; iii) cómo se detectan y gestionan conflictos de interés, conductas que afecten la libre competencia y competencia desleal, y cómo previene la corrupción, el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo; iv) cómo se ocupan y se abordan los intereses de los principales grupos de interés de la entidad; v) cómo se promueve la innovación y la Investigación y Desarrollo; y vi) cómo se abordan temas de diversidad de todo tipo; entre otros temas.
- Información sobre los empleados de la entidad, la existencia de políticas de equidad salarial por sexo, y la existencia de políticas para prevenir y gestionar el acoso laboral y sexual.
Por Juan Pablo Schwencke y Francisco Prado
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