Nueva prórroga del Período de Transición de las Concesiones Hidroeléctricas del Comahue

En el Boletín Oficial (B.O.) del día 18.03.2024 se publicó la Resolución N° 33/2024 (“la Resolución”), por la cual la Secretaría de Energía de la Nación dispuso una nueva prórroga por 60 días del Período de Transición de los Contratos de Concesión de las Centrales Hidroeléctricas Alicurá, El Chocón Arroyito, Cerros Colorados y Piedra del Águila.

 

Cabe recordar que en el art. 67.1 de los Contratos de Concesión de las Hidroeléctricas previó la posibilidad de que, una vez cumplido el plazo de la Concesión (30 años desde la toma de posesión), la Secretaría de Energía disponga un Período de Transición del Contrato por hasta un máximo de 12 meses. Ello así a los fines de preservar la seguridad de las personas y los bienes ubicados en la Cuenca. Durante ese período de transición, las Concesionarias deben continuar a cargo del Complejo Hidroeléctrico correspondiente y cumplir con todas sus obligaciones derivadas del Contrato.

 

En función de estos antecedentes, la Secretaría de Energía ya había dispuesto el inicio y prórroga de los Períodos de Transición previstos en los Contratos de Concesión, mediante las Resoluciones N° 574/2023 (B.O. 11.07.2023), 815/2023 (B.O. 09.10.2023) y 02/2024 (B.O. 17.01.2024).

 

En la Resolución bajo análisis, la Secretaría de Energía consideró que las sucesivas prórrogas fueron decididas en virtud de la información oportunamente presentada por ENERGÍA ARGENTINA S.A. (ENARSA) y el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), y a los fines de realizar un traspaso ordenado tanto de los bienes, como de la operación y mantenimiento de las centrales, sin perjuicio de la facultad de la Secretaría de Energía de ampliar el plazo del Período de Transición hasta el máximo fijado en los contratos.

 

Por todo ello, y atento a la solicitud presentada por ENARSA, se prorroga el Período de Transición desde el 19.03.2024 y por 60 días corridos, para las Centrales Hidroeléctricas Alicurá, El Chocón Arroyito y Cerros Colorados; y desde el 28.04.2024 y también por 60 días corridos, para la Central Hidroeléctrica Piedra del Águila.

 

La Secretaría de Energía aclara -en los considerandos de la Resolución- que ninguna de las prórrogas alcanza el referido plazo máximo de 12 meses que establece el Contrato de Concesión.

 

Por último, el art. 3 de la Resolución estableció la continuidad de ENARSA como veedor de las Centrales Hidroeléctricas, actuando con el alcance previsto en los correspondientes Contratos de Concesión. Los mismos disponen que el veedor designado por la Secretaría de Energía para que controle las actividades de las Concesionarias durante el Período de Transición podrá: (i) asistir a las reuniones de Asamblea y Directorio de las Concesionarias; (ii) examinar sus libros, archivos y documentación; (iii) solicitar informes a cualquiera de los órganos y gerencias de la sociedad; (iv) designar colaboradores y delegarles funciones y atribuciones; y (v) realizar todos los actos convenientes para el mejor desempeño de su cometido.

 

 

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