El 29 de septiembre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución Nº 332/2020 (la "Resolución") de la Superintendencia de Seguros de la Nación ("SSN") por medio de la cual se dispone que cada uno de los locales donde las entidades aseguradoras, los Agentes Institorios, los Productores Asesores de Seguros y Sociedades de Productores Asesores de Seguros desarrollen actividades, deberá exhibir en sus vidrieras y/o en lugares visibles al público un Certificado de Aptitud para el Ofrecimiento Público de Contratos de Seguros ("CAOPCS"), el cual se podrá descargar del sitio web de la SSN.
Asimismo, en su artículo 3 la Resolución establece que "el ofrecimiento público de contratos de seguros no se podrá concretar en locales en los que sean ofrecidos otros productos o servicios ajenos a la actividad aseguradora, cuando tal ofrecimiento es realizado por parte de entidades aseguradoras, Productores Asesores de Seguros o Sociedades formadas por Productores Asesores de Seguros, excepto que se trate de servicios de cobranzas por intermedio de terminales de carácter electrónico a cargo de entidades especializadas como así también la promoción por parte de Agentes Institorios".
La exhibición del CAOPCS será exigible y obligatoria a partir del 1 de enero de 2021.
Por Mariano F. Grondona y Lucila Guerrero
Opinión
Barreiro
opinión
ver todosPASBBA
NORDELTA S.A.
Alfaro Abogados
Berton Moreno IP Law