El 9 de agosto pasado entraron a regir nuevos umbrales de ventas que determinan si una operación de concentración debe ser notificada obligatoriamente a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) para su análisis y aprobación previa.
En adelante, deberán notificarse ante la FNE todas las operaciones de concentración que produzcan efectos en Chile que cumplan con las siguientes condiciones:
(I) Que las ventas en Chile de las empresas que pretenden concentrarse sumen conjuntamente UF 2.500.000 o más (alrededor de 100 millones de dólares), durante el ejercicio previo a la notificación; y
(II) Que las ventas en Chile de al menos dos de los agentes que forman parte de la operación, consideradas de forma individual, sean iguales o superiores a UF 450.000 (alrededor de 17,5 millones de dólares) durante el año previo a la notificación.
Por María José Henríquez y Claudia Arce
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