Ordenan a Obra Social Cubrir una Cirugía de Alta Complejidad

La Sala I de la Cámara Federal de San Martín dispuso una medida cautelar a una obra social para que cubra la totalidad de una cirugía cranioplastía de reconstrucción 3D.

La etapa preparatoria, la finalización y el tratamiento posterior de una cirugía cranioplastía de reconstrucción 3D tendrán que contar con la cobertura de una obra social como medida proveniente del reclamo de una afiliada.

Los camaristas Juan Manuel Culotta, Hugo Fossati y Jorge Eduardo Barral fueron los encargados de firmar la resolución que aclara lo siguiente: "un extenso defecto óseo adquirido bifrontal y de arco superciliar en ocasión de realizársele una cirugía de craniectomía descomprensiva por haber padecido un politraumatismo con trauma craneal severo y edema cerebral con hipertensión intracraneal".

También, se sostiene que el defecto físico es de extrema importancia ya que le ha generado al paciente cambios en su conducta, retraimiento social, disminución de autoestima y transformaciones en la vida laboral y afectiva.

En cuánto a las cuestiones netamente clínicas, se aclara que la lesión no se encuentra protegida y que está expuesta a golpes que podrían herir con mayor gravedad la zona afectada.

De esta manera, el tribunal consideró como un grave daño a la salud del paciente el permanecer en las condiciones actuales y por ese motivo fue ordenada la resolución a la obra social.

 

 

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