Ordenan a Prepaga Cubrir “By Pass Gástrico” a una Afiliada

En el marco de una acción de amparo iniciada contra una empresa e medicina prepaga por parte de una afiliada, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata ratificó un fallo de primera instancia que había obligado a la empresa a cubrir una operación de by pass gástrico.

 

En la causa “G, N. C. c/ Swiss Medical S.A. s/ Amparo”, la afiliada había iniciado una demanda contra la empresa Swiss Medical S.A. a raíz del rechazo de la cirugía por parte de la firma.

 

Cabe remarcar que el informe médico sostuvo que la afiliada presentaba un cuadro de obesidad mórbida síndrome metabólico en progresión desde edad adulta, a la vez que destacó que a pesar de haber intentado en numerosas ocasiones diferentes tipos de tratamientos para normalizar el peso, fracasó en todas las oportunidades.

 

La Cámara sostuvo que por medio de la sanción de la ley 26.396 “se declaró de interés nacional la prevención y control de los trastornos alimentarios, entre los que se encuentra comprendida la obesidad”, agregando a ello que “quedan incorporadas en el Plan Médico Obligatorio, la cobertura del tratamiento integral de los trastornos alimentarios según las especificaciones que a tal efecto dicte la autoridad de aplicación”.

 

En tal sentido, al rechazar el recurso presentado, los camaristas resaltaron que “se equiparan entonces las empresas de medicina prepaga a las obras sociales en cuanto al nivel de prestaciones mínimas”, por lo que “siendo de aplicación a este caso lo dispuesto por la ley 26.396 y la resolución 742/09 e incorporada que fue la prestación reclamada al plan médico obligatorio, surge que la cobertura médica de la actora debe ser prestada por la demandada, siendo a su cargo y con carácter obligatorio, la cobertura de las prestaciones que el estado de salud de la actora requiere”.

 

 

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