Ponen en Marcha Sistema que Permite Tramitar la Jubilación por Internet
La ANSeS pondrá en marcha un sistema para que las personas a las que sólo les falte dos años para jubilarse puedan realizar el trámite de jubilación por Internet, con el fin de que una vez que cumplan la edad requerida puedan empezar a cobrar el beneficio en apenas 60 días. La ANSeS enviará durante el transcurso de esta semana 100 mil cartas a todos los hombres que les falten dos años para cumplir los 65 años, y a todas las mujeres que les falten dos años para cumplir 60 años. Al tener en los registros del sistema la cantidad de años de aportes que tiene acreditado cada persona, a través de la carta donde se comunica el nuevo sistema, la ANSeS avisa a quienes falte completar años de aportes, para que presenten la documentación correspondiente, mientras que todos aquellos que cuenten con los años como mínimo que exige la ley, podrán utilizar el nuevo mecanismo a pleno. Según manifestó el titular de la ANSeS, Amado Boudou, mediante la implementación del nuevo sistema se podrán acortar los plazos de la jubilación, explicando que la jubilación podrá ser obtenida apenas a los 60 días de cumplir la edad jubilatoria al evitar la demora en las verificaciones de los certificados de trabajo, debido a que todo se llevará a cabo vía informática. Al día siguiente al cumplimiento de dicha edad, todos los interesados podrán ingresar en el sitio www.anses.gob.ar eligiendo la opción “Me Quiero Jubilar”, completando allí la solicitud de la jubilación en forma automática. Para aquellos casos en que las personas hubiesen cumplido con la edad jubilatoria pero no tengan los 30 años de servicio requeridos para el otorgamiento del beneficio, la carta de la ANSeS tendrá una redacción más específica. En la misma se le informara al trabajador que debe regularizar su situación mediante la presentación de los recibos de sueldos o certificados de servicios por los aportes no registrados, pudiendo eventualmente anotarse en la moratoria para regularizar años anteriores a 1993.  

 

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