La administración de los Estados Unidos ha puesto en marcha el programa denominado Gold Card, que ofrece un camino para obtener la residencia permanente o Green Card a cambio de donaciones significativas al Tesoro norteamericano.
Esta iniciativa tuvo origen en una orden ejecutiva presidencial emitida en septiembre de 2025 y propone vincular el otorgamiento de la residencia con contribuciones millonarias, en lugar de los mecanismos migratorios tradicionales. El programa presenta una vía alternativa a los procesos habituales de inmigración, enfocándose en atraer aportes financieros voluntarios dirigidos a fines de interés nacional.
Esta medida ha despertado gran interés y un interesante debate dentro de la comunidad jurídica y empresarial.
El programa Gold Card permite que extranjeros obtengan la residencia permanente si realizan un aporte económico sustancial. Para una petición individual, el solicitante deberá realizar una donación mínima de $1,000,000 al Tesoro de EE.UU. Si la solicitud la presenta un empleador o patrocinador corporativo en nombre del extranjero, el aporte exigido sube a $2,000,000. Además, el programa exige una tasa de procesamiento de $15,000 no reembolsable por cada persona incluida (tanto el solicitante principal como cada dependiente).
Requisitos de elegibilidad y costos
En términos generales, los requisitos principales son los siguientes:
- Categorías migratorias: El solicitante debe poder incluir su petición en la categoría EB-1A (habilidad extraordinaria) o en la EB-2 NIW (Exención por Interés Nacional). Formalmente, USCIS verificará si el candidato cumple con los requisitos mínimos de esa categoría. No obstante, el criterio central del programa es la capacidad de hacer la donación exigida, de modo que se entiende que la contribución financiera es el factor determinante para aprobar la petición.
- Donación mínima: Cada solicitante individual debe donar al menos $1,000,000 al Tesoro de Estados Unidos. En caso de petición por medio de un patrocinador empresarial, la donación requerida es de $2,000,000. Los fondos donados no son reembolsables; según la orden ejecutiva, se destinarán a fines de desarrollo económico y proyectos de interés nacional establecidos por el gobierno.
- Tarifas de procesamiento: Además de la donación, cada persona incluida en la petición (solicitante principal y dependientes) debe pagar $15,000 a la autoridad migratoria (DHS). Este monto se abona al presentar la solicitud inicial y cubre los costos administrativos de revisión del caso. Al igual que la donación, esta tarifa es no reembolsable incluso si la petición resulta negada.
- Origen de los fondos: Los montos donados deben provenir de fuentes lícitas como en cualquier caso de visa de inversión. USCIS examina cuidadosamente la procedencia del dinero como parte del proceso de aprobación. El Formulario I-140G requiere que el solicitante documente de manera exhaustiva cómo obtuvo los recursos utilizados para el donativo.
Pasos para tramitar la solicitud
El proceso para solicitar la Tarjeta Dorada incluye varias etapas coordinadas entre agencias gubernamentales. A continuación, se describen los pasos principales:
- Solicitud inicial en TrumpCard.gov. El extranjero interesado (o su patrocinador) ingresa al sitio oficial TrumpCard.gov y completa el formulario electrónico de solicitud. En él se recopila información básica: nombres completos, datos de contacto, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad y dirección, tanto del solicitante principal como de sus familiares dependientes. Esta solicitud inicial sirve solo para registrar el interés y los datos de los postulantes; por el momento no exige documentación extensa ni implica una evaluación final de elegibilidad.
- Pago de tarifas de $15,000. Tras enviar la solicitud preliminar, el sistema redirige al solicitante al portal pay.gov del Departamento del Tesoro para abonar la tarifa de $15,000 por cada persona incluida (solicitante principal y dependientes). El pago se realiza en línea mediante tarjeta de crédito (nacional o internacional) o débito bancario (ACH, solo cuentas de EE.UU.). Esta tarifa no es reembolsable bajo ninguna circunstancia.
- Presentación del Formulario I-140G. Tras confirmar el pago de las tarifas, la USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU.) envía instrucciones para crear una cuenta en el portal electrónico USCIS.gov. A través de esa cuenta se presenta en línea el Formulario I-140G (Petición de inmigrante para el programa Gold Card). En este formulario se elegirá la categoría (EB-1A o EB-2 NIW) y se deberá adjuntar documentación extensa del solicitante: historial educativo y profesional, publicaciones, premios, cartas de recomendación y otros logros relevantes. El I-140G también requiere pruebas del origen lícito de los fondos donados. El propósito de esta etapa es que USCIS verifique que el solicitante califica formalmente y que cuenta con los recursos exigidos. Es importante destacar que el I-140G sólo puede presentarse en línea; no existe versión en papel.
- Donación al Tesoro de EE.UU. Si USCIS completa la revisión preliminar del formulario I-140G y lo considera procedente, autorizará al solicitante para realizar el donativo. El solicitante (o el patrocinador) deberá transferir $1,000,000 (o $2,000,000 si es patrocinado por una empresa) directamente al Departamento del Tesoro de los Estados Unidos. La transferencia se efectúa por medio de débito ACH o transferencia internacional (SWIFT), según las instrucciones oficiales recibidas. Una vez que el Tesoro confirme la recepción de la donación completa, USCIS emitirá la aprobación formal de la petición I-140G.
- Procesamiento consular y obtención de visa. Con el I-140G aprobado, el solicitante debe completar el trámite consular para obtener la visa de inmigrante. Esto implica presentar el Formulario DS-260G (versión especial del DS-260 para el programa Gold Card) al Departamento de Estado de EE.UU. a través de la embajada o consulado correspondiente en su país de residencia del solicitante. Allí deberá presentar documentos personales (actas de nacimiento, matrimonio, certificados de antecedentes penales, certificado médico, etc.) y pagar las tarifas consulares habituales. Posteriormente, deberá asistir a una entrevista en la misión diplomática, donde se evalúan la elegibilidad general y la admisibilidad (salud, antecedentes penales, intenciones migratorias, etc.). Si todo está en orden, el consulado emitirá la visa de inmigrante en el pasaporte del solicitante y de sus dependientes.
- Ingreso a EE.UU. como residente permanente. Finalmente, una vez otorgada la visa, el beneficiario (y su familia) puede viajar a Estados Unidos. Al ingresar al país, se deberán completar los trámites de admisión y se expide la Green Card (tarjeta de residencia permanente) para cada uno.
Hasta la fecha, no se ha aclarado si quienes ya se encuentran legalmente en EE.UU. podrán ajustar su estatus sin salir del país; por el momento solo se ha establecido el procedimiento consular desde el extranjero.
Según el portal oficial TrumpCard.gov, una vez recibida la solicitud inicial y el pago de las tarifas, el procesamiento administrativo debería completarse en cuestión de semanas. Sin embargo, no se especifica a qué etapa se refiere este plazo (si al examen inicial del I-140G o al trámite consular final). En la práctica, el proceso completo hasta obtener la residencia puede demorar varios meses, especialmente en la fase consular, donde la disponibilidad de citas y entrevistas suele extender los tiempos.
Aspectos legales y consideraciones
El programa Gold Card ha generado debates sobre sus implicaciones en el sistema migratorio. Al basarse en las categorías EB-1A y EB-2 existentes, cada aprobación de Tarjeta Dorada consume una visa disponible en el cupo anual correspondiente. Si muchas personas optan por esta vía, podría agotarse rápidamente el número de visas EB-1A o EB-2 de un año fiscal, lo que retrasaría o limitaría el acceso para otros inmigrantes calificados que no participen en el esquema de donativos.
A modo de comparación, el programa de visa EB-5 (inversionista inmigrante) exige que el solicitante invierta una suma considerable en un nuevo negocio que genere al menos diez empleos en EE.UU. Además, se pide que el dinero permanezca comprometido en la inversión. Por el contrario, la Tarjeta Dorada no exige inversión productiva ni creación de empleos: solo requiere donar el dinero. Esta diferencia hace que la Tarjeta Dorada sea una vía más directa para quienes buscan residencia permanente a cambio de su capital, sin involucrar proyectos empresariales adicionales.
Desde la perspectiva del derecho migratorio, el hecho de que este programa se haya impulsado mediante orden ejecutiva también ha sido objeto de discusión. Tradicionalmente, cambios significativos en la política de visas suelen pasar por el Congreso. Algunos señalan que la creación de una vía de residencia basada en donaciones millonarios debió ser aprobada legislativamente. Hasta ahora, sin embargo, las agencias han comenzado a implementar la orden tal como fue emitida, y no se han planteado impugnaciones judiciales formales. El tiempo dirá si surgen clarificaciones legales adicionales o retos judiciales sobre la autoridad de este programa.
Como suele ocurrir en materia migratoria en Estados Unidos, no estamos ante un escenario estático susceptible de un análisis único y definitivo, sino frente a un sistema normativo dinámico, sujeto a ajustes constantes en criterios administrativos y procedimientos. Ello exige que los profesionales dedicados a esta práctica nos mantengamos en una revisión continua y atenta de los desarrollos regulatorios y operativos, a fin de asegurar que cada análisis y estrategia jurídica se inserte con precisión en el estado actual del marco migratorio.
Citas
(*) Abogado con licencia en New York, fundador de Denuble Law PLLC www.denublelaw.com y cofundador de la Argentine Lawyers Association of New York https://argentinelawyers.org/
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