Ratifican Constitucionalidad de las Normas que Prohíben la Actualización Monetaria

Al remitir al precedente “Massolo”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el planteo de inconstitucionalidad de los artículos 4 de la ley 25.561, artículo 7 y concordantes de la ley 23.928 y artículo 5 del decreto 214/2002, los que prohíben la actualización monetaria.

 

En el marco de la causa "Belatti, Luis Enrique c/ F.A. s/ cobro de australes", la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, al modificar parcialmente la sentencia de grado, hizo lugar al reclamo de indemnización por despido sin causa, y declaró la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la actualización monetaria (art. 4º de la ley 25.561, art. 7º y concordantes de la ley 23.928 y art. 5º del decreto 214/2002) y dispuso que el crédito reconocido en autos debe reajustarse a partir de enero de 2002 y hasta su efectivo pago mediante la aplicación de los índices de precios al consumidor, nivel general, suministrados por el INDEC.

 

Contra dicha resolución, el Estado Nacional dedujo recurso extraordinario, donde se agravió exclusivamente por la declaración de inconstitucionalidad de las referidas normas, siendo concedido dicho recurso por encontrarse en juego  la interpretación y alcance de la ley federal 25.561.

 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que “en la causa "Massolo" (Fallos: 333:447) se pronunció sobre la constitucionalidad de las normas aquí cuestionadas, por lo que cabe remitir a los fundamentos y conclusiones expuestos en dicho fallo, especialmente en los considerandos 11 a 16, por razones de brevedad”.

 

En base a ello, en la sentencia del 20 de diciembre del presente año, el Máximo Tribunal resolvió que “resultando inoficioso que dictamine el señor Procurador General de la Nación, se declara admisible el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada en cuanto fue materia de recurso”.

 

 

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