Rechazan Acción de Amparo Presentada contra Traspaso de Fondos de las AFJP
Una acción de amparo presentada por un afiliado a las AFJP contra el traspaso de los fondos del sistema de capitalización al sistema de reparto, fue rechazada por un Juzgado de la Seguridad Social, luego de considerar que no se producía perjuicio alguno sobre el derecho de propiedad. Tal decisión fue adoptada por el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social Nº 10, a cargo de la Dra. María Emilia Postolovka, quien decidió no hacer lugar al reclamo presentado con el fin de evitar el traspaso de los fondos al sistema público, preservando el fondo acumulado. En su presentación, el accionante había sostenido que se le estaba produciendo un perjuicio sobre un derecho adquirido, basándose en que en caso de que se produjera su fallecimiento, el saldo de la cuenta resultaba heredable. Ante tal planteo, la magistrada expresó que no deben considerarse derechos adquiridos en materia previsional, cuando los beneficios aún no ingresaran al patrimonio. Por otro lado, según determinó la magistrada actuante en el caso, no se encuentra agravio alguno sobre el derecho de propiedad como consecuencia del traspaso de fondos. Por último, en el fallo donde se desestima la acción de amparo, se establece que cuando el solicitante se jubile, tendrá derecho a recibir los fondos que hubiese depositado.

 

Opinión

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Por Facundo Joaquín Perelli
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Mariano Fabrizio
De CEO – MRC CONSULTANTS AND TRANSACTION ADVISERS, SL (ESPAñA), SUBSIDIARIA DE VEOLIA ENVIRONNEMENT ET INGENIERIE COUNSEIL SAS (FRANCIA)
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