Rechazan Extensión Solidaria de Condena al Gerente de una Sociedad Anónima por Falta de Maniobra Fraudulenta
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ratificó una sentencia de primera instancia por medio de la cual se rechazaba el pedido de hacer extensiva la condena en forma solidaria a la gerente y representante legal de una sociedad anónima de la sociedad empleadora, por considerar que no se habían invocado normas que hicieran procedentes la condena personal de la misma. Los jueces que componen la Sala II, en la causa “Tenaglia, María Cecilia c/ Alicia Berger Cocina S.R.L. y otro s/ despido”, consideraron que correspondía la ratificación de lo resuelto en la sentencia de primera instancia, alegando que la actora no había esgrimido maniobras fraudulentas de su empleadora, las cuales no habían sido acreditadas en la causa. Al ratificar lo resuelto por el juez actuante en primera instancia al rechazar la extensión de responsabilidad de la codemandada, los camaristas hicieron referencia al principio societario básico según el cual se establece la personalidad diferenciada de la sociedad regularmente constituida y su reconocimiento como persona jurídica independiente de los miembros que la componen, con plena capacidad y autonomía como sujeto de derecho. En base a dichas consideraciones, en el fallo emitido el pasado 5 de agosto del corriente año, los magistrados decidieron ratificar lo resuelto por el juez de primera instancia.

 

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