Se Oficializó la Nueva Reglamentación del Mercado de Capitales

La Comisión Nacional de Valores (CNV) llevó a cabo una reglamentación complementaria, que fue publicada en el Boletín Oficial, en la que indica que la interconexión de los mercados regirá a partir del 1 de marzo.

 

El reglamento, compuesto por 708 páginas, destaca que antes del 31 de diciembre del año próximo, los mercados que tenga autorización para funcionar deberán realizar oferta pública de sus acciones.

 

El capital en cuestión "deberá estar representado en acciones ordinarias nominativas no a la orden o escriturales, de valor nominal $ 1.000 y 1 voto cada una". Además, la reglamentación establece las funciones, limitaciones y requisitos patrimoniales mínimos para las diversas categorías de agente.

 

El organismo dirigido por Alejandro Vanoli estipuló que el cronograma de adecuación del patrimonio mínimo exigible es del 50 por ciento antes del 1 de marzo de 2014. Para el 1 de septiembre de ese año, los mercados deberán haber completado la totalidad.

 

Dos aspectos claves de la reglamentación son el límite a la tenencia accionaria –ningún accionista podrá poseer más del 20 por ciento- y la conformación del patrimonio -el 20 por ciento deberá ser en activos líquidos-.

 

Por otra parte, las agencias de clasificación no podrán efectuar recomendaciones de política soberana ni prestar servicios de auditorias y consultaría a los clientes. Además, deberán rotar cada 4 años.

 

 

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