El mercado global avanza exponencialmente mientras el sector legal argentino enfrenta un desafío crítico de formación profesional
En un mundo donde los mercados financieros se transforman a velocidad vertiginosa, la tokenización de activos del mundo real emerge como una de las disrupciones más significativas de esta década. El mercado global creció 229% en 2025, superando los USD 18.000 millones. BlackRock tokenizó bonos del Tesoro por más de USD 2.900 millones. Estos no son experimentos: son operaciones reales que mueven capital institucional.
Argentina tomó una decisión estratégica. En junio de 2025, la CNV aprobó la Resolución General 1069, posicionando al país como líder regulatorio en América Latina. Sin embargo, existe una brecha preocupante entre el avance regulatorio y la preparación profesional del sector legal argentino.
Tokenización: entender qué es lo que realmente estamos regulando
El concepto de tokenización de activos del mundo real (RWA, por sus siglas en inglés) refiere a la representación digital de derechos sobre activos físicos o financieros mediante tecnologías de registro distribuido. Esta definición, aparentemente técnica, esconde una distinción jurídica fundamental que todo abogado debe comprender: el token no es el activo; es la representación de derechos sobre ese activo.
Un token puede representar derechos personales —como un crédito en un fideicomiso financiero— o servir como evidencia digital de derechos reales sobre bienes específicos. La confusión entre el token y el activo subyacente ha causado el colapso de proyectos que prometían "tokenizar propiedades" cuando en realidad tokenizaban participaciones en vehículos fiduciarios que poseían esas propiedades. La diferencia no es semántica: tiene implicancias directas en oponibilidad frente a terceros, ejecución forzada y régimen de responsabilidades.
El marco regulatorio argentino, mediante la RG 1069/2025, establece que los valores negociables representados digitalmente tienen equivalencia funcional con las formas tradicionales de representación. Un certificado de participación en un fideicomiso financiero tokenizado produce los mismos efectos jurídicos que su contraparte escritural o cartular. El principio de neutralidad tecnológica, incorporado en la Ley de Mercado de Capitales, refuerza esta equivalencia: el derecho no discrimina por la tecnología utilizada, sino que analiza la sustancia económica y jurídica del instrumento.
Esta neutralidad tecnológica es, de hecho, una ventaja competitiva para Argentina en el escenario regional. Permite la innovación sin crear vacíos legales, algo que países con marcos regulatorios más rígidos no han logrado.
Smart contracts: distinguir código de contrato
Un smart contract no es un contrato en sentido jurídico. Es un mecanismo de ejecución automática de condiciones preestablecidas. El contrato propiamente dicho se perfecciona mediante consentimiento de las partes en lenguaje natural.
Esta distinción tiene consecuencias prácticas: en interpretación contractual, prevalece el contrato escrito sobre el código; en vicios del consentimiento, el análisis se realiza sobre el acuerdo tradicional; en responsabilidad por errores de codificación, la ausencia de cláusulas específicas sobre auditoría ha generado conflictos costosos.
La brecha de conocimiento que el sector legal enfrenta
Los estudios jurídicos carecen en su mayoría de especialistas técnicos para verificar si la codificación de un smart contract refleja fielmente la voluntad de las partes. Los contratos inteligentes, creados por ingenieros sin formación jurídica, requieren una lectura dual que combine expertise legal y técnico, una intersección que hoy permanece poco desarrollada en el mercado profesional argentino.
Ante este desafío, los estudios enfrentan tres alternativas estratégicas: formar internamente a sus profesionales, terciarizar servicios especializados, o establecer alianzas con empresas del sector tecnológico. La formación interna implica inversiones significativas en tiempo y recursos, con riesgos inherentes como la rotación de talento capacitado, fenómeno frecuente en sectores de alta especialización tecnológica. La terciarización permite acceder a expertise consolidado sin asumir costos de formación y retención. Las alianzas estratégicas, por su parte, combinan flexibilidad operativa con construcción de capacidades internas a mediano plazo.
Más allá de la estrategia elegida, el mercado no espera decisiones. El sector de smart contracts proyecta un crecimiento del 82,2% anual hasta 2030 según Grand View Research. Boston Consulting Group estima que la tokenización de activos alcanzará USD 16 billones para 2030. Este crecimiento exponencial contrasta con la formación profesional disponible, generando una ventana competitiva para quienes logren cerrar esta brecha antes que sus competidores.
Regulación avanzada en un ecosistema legal que debe acompañar
Argentina dio pasos de vanguardia regional con la RG 1069/2025, que estableció tokenización para fideicomisos y fondos bajo sandbox regulatorio, ampliada luego por las resoluciones 1081 y 1087/2025 a acciones, obligaciones negociables y CEDEARs. La normativa se apoya en el principio de realidad económica (analizar sustancia sobre forma) y neutralidad tecnológica (no discriminar por herramienta utilizada).
Sin embargo, persisten zonas grises. La tokenización "nativa" —donde el activo nace directamente en blockchain— no está contemplada; los valores deben emitirse tradicionalmente primero. Los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) deben implementar KYC (Know Your Customer, conocimiento del cliente) y prevención de lavado, pero su aplicación en entornos descentralizados genera tensiones operativas. La reversibilidad de transacciones ante órdenes judiciales permanece sin jurisprudencia clara.
La efectividad de este marco regulatorio depende de la capacidad del ecosistema legal para acompañar su implementación. Estudios jurídicos que asesoren proyectos de tokenización necesitarán incorporar conocimientos técnicos: formando internamente, estableciendo alianzas estratégicas con profesionales tecnológicos, o tercerizando servicios especializados.
El mercado ya está en marcha. Mercado Bitcoin tokenizó USD 200 millones en activos de renta fija; Credix originó USD 18 millones en crédito privado para fintechs brasileñas; BlackRock opera el fondo BUIDL con USD 2.900 millones en bonos del Tesoro tokenizados. La pregunta no es si Argentina participará —la regulación existe— sino si el sector legal estará preparado para capturar esta oportunidad antes de que firmas internacionales con equipos multidisciplinarios dominen el mercado local.
Citas
(*) Directora de iN+N Latam
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