El Banco Bradesco Argentina SA le solicitó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) utilizar el ajuste por inflación en una de sus declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias.
Tras la negativa del organismo tributario, la entidad se presentó ante la justicia que avaló su postura, tanto en primera instancia como en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
Por su parte, el Fisco apeló todas las instancias y logró llegar hasta la Corte Suprema de Justicia. Allí, el Máximo Tribunal confirmó las determinaciones anteriores y le permitió al banco utilizar el ajuste por inflación en el tributo.
Cabe destacar que los magistrados citaron el precedente caso “Candy”, en el cual se validó la postura de una compañía que había demostrado que el impuesto abonado se había convertido en confiscatorio.
En tal sentido, los jueces entendieron que los instrumentos aportados por la entidad bancaria "llevan a tener por demostrada la existencia de un supuesto de confiscatoriedad”.
Por tal motivo, los magistrados confirmaron la sentencia apelada y le permitieron a Bradesco utilizar el ajuste por inflación en el gravamen para el período fiscal vigente, sentando un importante precedente en materia tributaria.
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