Vetan Artículo de la Ley Antilavado que Impedía a la UIF Ser Querellante en Causas Penales

Al promulgar la nueva ley antilavado, el Gobierno Nacional decidió vetar el artículo 25 de la nueva normativa, el cual se encontraba destinado a impedir que la unidad antilavado local, la Unidad de Información Financiera (UIF), pudiera actuar como querellante en causas penales.

 

De esta manera, la UIF mantendrá la facultad para ser querellante en las causas penales en las que se investigue el lavado de activos, lo cual había sido cuestionado por la oposición durante las negociaciones para votar la ley en el Congreso.

 

El decreto 825 que promulgó parcialmente la ley 26.683, que modifica el Código Penal y agregada el lavado de dinero como delito autónomo, remarcó que “tanto tribunales de primera instancia como los de alzada han designado querellante a la UIF en distintas causas”, a la vez que señaló que hasta el año 2010, el organismo intervino en 70 procesos penales.

 

Desde la oposición rechazaron el veto parcial de la normativa, debido a que considerar que al permitir a la UIF constituirse como parte querellante significaría permitir al gobierno avanzar en investigaciones contra enemigos políticos, constituyendo ello una utilización política del organismo.

 

Por otro lado, es importante tener en cuenta que la delegación argentina que participa en México en la reunión del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) se encuentra negociando para evitar una sanción del organismo, ante la amenaza de incluir a la Argentina en la “lista gris”, donde figuran los países que brindan escasa colaboración en la lucha contra el lavado de dinero y el terrorismo.

 

 

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