Vuelven a Considerar Inconstitucional el Castigo de Tenencia de Estupefacientes para Consumo Personal
El segundo párrafo del artículo 14 de la ley 23.737 donde se contempla el castigo a la tenencia simple de estupefacientes para consumo personal, fue declarado inconstitucional en tres ocasiones por parte de la Sala I de la Cámara Federal. De acuerdo a lo manifestado por los jueces Jorge Freiler y Eduardo Farrah en las causas “Astete”, “Taborga” y “Zalazar”, corresponde declarar la inconstitucionalidad de dicha normativa, debido a que de acuerdo a su contenido se produce una irrazonable restricción de la libertad personal, menoscabándose el libre acceso del derecho a la salud. Los magistrados consideraron que los derechos en cuestión se encuentran contenidos en la Constitución Nacional, en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el Pacto de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre otras de las normas donde se contempla el derecho a la salud, las cuales se encuentran contenidas en pactos internacionales de derechos humanos, los cuales poseen jerarquía constitucional. Dichas resoluciones, donde se dispuso el sobreseimiento de los imputados, ratificaron lo sostenido en el fallo “Velardi, Damián y otro s/ sobreseimiento”, emitido el pasado 22 de abril.

 

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