Con la firma de los camaristas Jorge Luis Früchtenicht, Claudio Alejandro Petris y Günther Enrique Flass, la justicia condenó a una mujer por engañar a un hombre con su supuesta paternidad.
“No sólo reconoce como cierto que A. no es hija del Sr. C. sino también asiente haber incurrido en el engaño que el actor relata al demandar. Con su actitud generó el presente proceso y debe asumir el detrimento patrimonial producido”, remarca el fallo.
Asimismo, aclara que la mujer es “la única responsable de este entuerto ya que con su proceder originó este litigio al endilgarle al actor una paternidad que sabía no era tal”.
La joven de 16 años testimonió ante la Cámara de Apelaciones del Noroeste de la provincia de Chubut que no se sentía cómoda ni tenía ningún vínculo con su supuesto padre.
Más tarde, el análisis de ADN confirmó la sospecha y el engaño de la madre, quien había hecho creer al hombre de su paternidad extramatrimonial. En una primera instancia, la justicia rechazó la pretensión del hombre ya que “la identidad de las personas no se limita a su realidad biológica sino que incluye la filiación querida y vivida por el sujeto y su entorno”.
Ahora los camaristas antes mencionados condenaron a la madre y le imputaron las costas y honorarios del juicio por el deterioro patrimonial que el proceso le ocasionó al hombre.
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