“Se trataría de imágenes tomadas en la vía pública y en la medida que estas no sean sacadas de contexto afectando derechos constitucionales, no existe pues, arbitrariedad ni ilegalidad manifiesta", sostuvo la decisión de la justicia de La Plata.
La cuestión de fondo era discernir si las imágenes adquiridas por los autos de Google Street View violan la intimidad de las personas. Este punto fue desestimado por el magistrado, quien autorizó la circulación.
El abogado Lucas Bianco había iniciado una acción de amparo para que se prohíba a la empresa Google de Argentina a tomar y difundir imágenes captadas en la vía pública.
La titular del Juzgado Civil y Comercial número 1, María Cecilia Valeros de Corica, decidió desestimar la medida aclarando que el accionar no viola la intimidad siempre y cuando las imágenes no sean sacadas de contexto.
"El avance ha hecho que existan registros tecnológicos y cámaras de seguridad que constantemente se encuentran captando imágenes. Lo que debe estar preservado es que esa imagen no se vincule con hechos agraviantes a la dignidad humana, la moral y buenas costumbres ni violente derecho constitucional alguno", sentenció el magistrado.
Asimismo, aclaró que los vehículos de la compañía multinacional cumplen con todos los requerimientos y disposiciones establecidas por leyes nacionales, provinciales y municipales.
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