Consignas para abogados noveles en juicios laborales parte demandada

Por Pablo Martín Casaubon -
Estudio Horacio Ferro Abogados


I.- Introducción.

 

El Derecho Laboral parte demandada es como la vida; no se trata de lograr grandes éxitos y triunfos resonantes, sino más bien de no cometer errores -sobretodo errores graves- y de evitar grandes fracasos.

 

Para esto les voy a dar dos / tres simples consejos que aprendí cuando empecé a ejercer la profesión.

 

1° El único secreto de esta profesión es leer, leer todo lo que pasa por nuestras manos y asegurarse de entender el sentido de lo que leemos; si no lo comprendemos o tenemos dudas hay que consultar. Si leemos una resolución y se cita un artículo y no sabemos de qué se trata, HAY QUE VER LA LEY. Estar atento a la jurisprudencia Fallos Plenarios vigentes, que pueden cambiar mucho el sentido y la interpretación de la ley.

 

2° No pueden existir en un abogado las frases: “pensé que”, “supuse que”, “creí que”. Hay que actuar sobre seguro.

 

3° No ocultar errores. Siempre se producen aún actuando con diligencia. Es preferible comunicar un error apenas cometido o advertido que dejar que el expediente avance para tratar de ocultarlo. Por ejemplo: si se contestó una demanda fuera de término es preferible avisar inmediatamente, que esperar a ver qué resolución sale del Juzgado, que puede ser una rebeldía y al poco tiempo una sentencia condenatoria. Si se avisa inmediatamente se puede ver la forma de solucionarlo en conjunto o según el caso tratar de negociar con el actor. Si pasa algo de esto, siempre comunicarlo internamente en el estudio y quienes tienen poder de decisión verán cómo se maneja el tema con el cliente.

 

4º Mantener cordialidad interna y con los clientes.

 

II.- Cuestiones generales sobre trámite de los expedientes.

 

A) Pautas Generales.
1) Cada profesional es responsable directo de los expedientes que se le asignan.
2) En lo posible tratar de terminar los proyectos de escrito que se tienen que revisar (Contestaciones de demanda, Impugnaciones de Pericia, Contestaciones de traslado importantes, Alegato, Apelaciones y Expresiones de Agravios) con anticipación de 1 o 2 días para la revisión del superior.
3) Prevenir posibles embargos contra clientes por las siguientes situaciones procesales: 1.- Falta de Contestación de Demanda; 2.- Reconocimiento de rubros demandados en la Contestación de Demanda; 3.- Rebeldía en la Absolución de Posiciones, 4.- Sentencia de Primera Instancia (aún antes de la notificación).
4) Si se me asigna un expediente que se encuentra hace varios meses en prueba no me puedo confiar en que esté toda la prueba producida. Hay que verificarlo y producir lo que falta.
5) Es preferible desistir de alguna prueba pendiente de difícil cumplimiento (oficio o testigo) a que nos decreten la caducidad de esa prueba.
6) Copiar al superior en todos los mails que se envían al cliente, salvo superfluos o innecesarios.
7) Intentar que los juicios no se demoren más de un año y medio. En una segunda etapa se intentará hacer avanzar los expedientes viejos para que terminen, se negocien o se dicte sentencia. Desistir de prueba innecesaria.
8) Organizar archivos de modelos de Contestaciones de Demanda y otros escritos.
9) Constituir siempre domicilio electrónico, confirmar que el profesional que se presente por nuestro cliente haya sido vinculado, y cargar todos los escritos escaneados con la documentación que se adjuntó el mismo día que se presentó en Tribunales o al día siguiente hábil a más tardar.
10) No olvidarse de cargar nunca las Contestaciones de Demanda, con el poder y la documentación adjuntada.

 

B) Contestación de Demanda.
1) Contestar las demandas en término y acompañando el poder o en último caso, invocando la gestión. No hay solución si se comete el error de no contestar demanda en término o hacerlo sin acompañar el poder o sin invocar con causa una gestión judicial. Es lo más grave que puede pasar. No acompañar el poder y no invocar gestión judicial con causa equivale casi a no contestar la demanda en fuero laboral.
2) Desconocer la documentación acompañada por la contraparte en forma individualizada, no general.
3) Verificar que los poderes que se adjuntan con las contestaciones de demanda estén completos, firmados en todas las fojas por el abogado que se presenta, y con la legalización del Colegio de Escribanos si se presenta en jurisdicción distinta a la de la emisión.
4) En contestaciones de demanda de Provincia de Buenos Aires acompañar Bono, Ius Previsional y Planilla de Ingreso de la Parte con Constancia de CUIT de la sociedad o parte representada. Controlar proveídos de Contestaciones de Demanda.
5) Ver si debe interponerse la Prescripción como defensa de fondo y ofrecerse prueba Pericial Caligráfica en forma subsidiaria.
6) Si hay codemandados debe retirarse copia de la contestación de demanda de los codemandados para nuestra carpeta interna, pero sin notificarse anticipadamente de resoluciones que se deben notificar por cédula.
7) Si el traslado del ofrecimiento de prueba del actor se ordena notificarlo por nota, debe retirarse copia para nuestra carpeta interna.
8) Guardar en el Lex Doctor todos los escritos que se presenten, y subirlos al Lex 100 dentro del día de presentados en el expediente para los que tramitan en Capital Federal.

 

C) Prueba.
1) Producir la prueba informativa ni bien se provee y estar atentos a los vencimientos de las contestaciones de oficio.
2) Enviar las notificaciones que no salgan por Secretaría: Notificaciones de prueba confesional, testimonial y en la etapa de ejecución.
3) Apenas llega una Pericia enviársela al cliente por mail, fax o sobre pidiendo instrucciones y notificando fecha de vencimiento de la impugnación. Pedir informes para las contestaciones de las pericias que se presenten y notificar al cliente o al médico si se fija una revisación por parte del perito médico, traumatólogo, psicólogo o psiquiatra.
4) Prever las audiencias designadas con anticipación: Avisar al cliente cuando tenga que concurrir. Revisar si se cursaron las notificaciones y si quedaron notificados los testigos y absolventes.
5) Si se designa una Audiencia de Vista de Causa en Provincia y no hay en la carpeta ninguna prueba o pericia, hay algo que anda mal. Ver qué pasó y tratar de solucionarlo antes de la audiencia.

 

III.- Consignas para Contingencias Generales.
1) Lex 100: Cargar siempre los escritos judiciales en el día de su presentación en el Juzgado o Cámara. Controlar que haya salido efectivamente y aparezca como enviado.
2) Lex 100: Revisar al menos dos veces por día el sistema para controlar los nuevos proveídos y las notificaciones electrónicas recibidas.
3) Lex 100: Efectuar las notificaciones a cargo de la parte cuando corresponda (Ejecución de Sentencia o cuando el Juzgado o Tribunal pide colaboración).
4) Cédulas: Se dejarán en escritorio del superior, tomar nota del vencimiento. Verificar siempre plazos de notificación y vencimiento.
5) Audiencias: Asignar tratando de respetar distribución de juicios.
6) Depuración del Listado de Juicios de los clientes asignados con los siguientes datos: Cliente, Nº de Carpeta Interna, Carátula, Nº de Expediente, Juzgado, Jurisdicción, Monto, Estado Procesal.
7) Cumplir con la Carga Horaria.
8) Cargar Novedades en Lex-Doctor. Cargar la información sobre negociaciones habidas entre las partes, las ofertas de conciliación realizadas y las respuestas de la contraria.
9) Elaborar los informes periódicos de los clientes asignados según sus requerimientos.
10) Levantar embargos en expedientes ya abonados.
11) Pedir instrucciones a los clientes para las audiencias con anticipación, especialmente para las de conciliación, y confrontarlas internamente.
12) Evaluar expedientes en lo que se pueda intentar una transacción, con consulta interna previa y autorización del cliente por escrito aunque sea por mail.
13) Mantener el orden en las carpetas internas.
14) Participar de la reunión del equipo, aportando información e ideas.
15) Revisar todos los días la existencia de notificaciones electrónicas en el perfil del abogado presentado en el Lex 100. Constituir domicilio electrónico en todos los expedientes.
16) Sentencias: Previa consulta con el superior, informar al cliente con detalle del resultado del juicio, rubros reconocidos y defensas admitidas, liquidación con intereses incorporados hasta la fecha del informe, costas y honorarios regulados, recurso que se puede interponer y consejo sobre el punto.
17) Baja de Carpetas: Ver qué expedientes están terminados para dar de baja, con consulta previa. En los casos de condena y con costas, antes de dar de baja hay que verificar que esté cumplida la condena en forma total, cancelados los honorarios de los abogados de la contraria, de los peritos y satisfecha la Tasa de Justicia y el Fondo Compensador. En Provincia verificar además el cumplimiento de los aportes previsionales de todos los abogados. Sobretasa de Justicia y aportes.

 

IV.- Procuración.
a) Revisión y control de los expedientes y presentación de escritos.
b) Cumplir siempre y sin falta los puntos 1), 2) y 3) de las Consignas para Contingencias Generales.
c) Reportar cumplimiento de instrucciones a quien se las dio.
d) Controlar siempre por Internet o en los Juzgados los proveídos de Contestaciones de Demanda.
e) Carga de novedades en Lex Doctor, Lex 100 y guardar los escritos en sus carpetas por orden cronológico de la misma forma que se guarda en Tribunales.
f) Avisar si hay algo fuera de lo normal, sobretodo pedidos o decretos de embargos.
g) Llevar las fichas de acuerdo a las instrucciones de superior, con resumen de prueba y sentencias. Anotar partes con domicilios constituidos y teléfonos.
h) Verificar notificaciones a las audiencias de absolución de posiciones y testigos previo a las audiencias con una anticipación de 15 días.
i) Hacer escritos de mero trámite, oficios y cédulas.
j) Mantener las fichas de los juicios actualizadas.
k) Colaborar para el levantamiento de los embargos.
l) Activar la producción de nuestros oficios y verificar si se contestan. Anotar sintéticamente contenido de la contestación. Si no contestan en el término legal hablar con el responsable para pedir reiteración en el plazo de ley.
m) Verificar que se haya constituido domicilio electrónico en todos los juicios de Capital Federal y que el expediente sea vinculado al CUIT del abogado que firma.
n) Los juicios laborales de Capital Federal se pueden consultar en favoritos con el www.pjn.gov.ar
o) Los juicios laborales de Provincia de Buenos Aires se pueden consultar con el www.scba.gov.ar, y armar Sets de búsqueda.

 

La experiencia indica que el cumplimiento de estas consignas nos ayuda a trabajar en forma más segura, rápida y eficiente.

 

 

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