Mediante Resoluciones Nros. 235/2022, 236/2022 y 237/2022 de la Secretaría de Energía y la Resolución N° 42/2022 de la Secretaría de Obras Públicas (B.O. de los días 18 y 19 de abril de 2022) (todas ellas, conjuntamente, las “Resoluciones”), se convocó a audiencias públicas para tratar, respectivamente:
1. La implementación de la segmentación en el otorgamiento de los subsidios al precio de la energía por parte del Estado Nacional a los usuarios del servicio de gas natural y del servicio de energía eléctrica para el bienio 2022-2023.
2. Los nuevos precios de referencia estacionales del Precio Estacional de la Energía Eléctrica (“PEST”) que deberían aplicarse a partir del 1 de junio de 2022.
3. Los nuevos precios del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (“PIST”), que deberían aplicarse a partir del 1 de junio de 2022.
4. La Propuesta de Adecuación Tarifaria formulada por Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (“AySA”).
Gas natural y energía eléctrica
La Secretaría de Energía fundó su decisión de efectuar las convocatorias a audiencia pública en las disposiciones de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública y el Decreto Nº 1020/2020.
Este último determinó el inicio de un proceso de renegociación de la revisión tarifaria integral vigente correspondiente a las prestadoras de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural bajo jurisdicción federal y estableció que, en el marco de dicho proceso, se podrían prever adecuaciones transitorias de tarifas y/o la segmentación de éstas, con miras a mantener la continuidad y normal prestación de los servicios públicos involucrados.
Para justificar la necesidad de actualizar el PEST y el precio del gas natural en el PIST, la Secretaría de Energía hizo hincapié, entre otras cuestiones, en: (i) que el PEST se mantuvo inalterado desde el año 2020 mientras que los costos de generación crecían; (ii) que se estima que esa tendencia ascendente continuará durante 2022; (iii) que lo mismo sucede en el caso del precio del gas natural por redes, con respecto al cual el Estado Nacional asume actualmente a su cargo el 75,6% del costo del abastecimiento a la Demanda Prioritaria; (iv) el incremento de los precios internacionales de los commodities energéticos generado por el incremento en la actividad económica post-pandemia; y por el conflicto bélico entre Rusia y Ucrania.
Por su parte, la segmentación en el otorgamiento de los subsidios al precio de la energía tiene como objetivo, según fue expuesto por la Resolución 235/2022 en comentario, que las familias puedan acceder a una canasta de servicios energéticos de calidad de acuerdo con sus niveles de ingreso, debiendo entenderse así, al esquema de subsidios energéticos, como una política de ingresos, cuyo principal objetivo es proteger el poder adquisitivo de los hogares.
Cabe destacar, finalmente, que las medidas que se someterán a discusión pública en materia de gas natural habían sido previstas en el art. 6° del Decreto N° 892/2020 (B.O. 16/11/2020) que, al crear el Plan GasAr, previó la posibilidad de que el Estado Nacional tomase a su cargo el pago mensual de una porción del precio del gas natural en el PIST e instruyó a la Secretaría de Energía a dictar una reglamentación tendiente a determinar el alcance del subsidio.
Agua potable y desagües cloacales
La propuesta de adecuación tarifaria aplicable al servicio de público de agua potable y desagües cloacales que es objeto de la restante convocatoria fue efectuada por AySA en los términos de lo previsto en los artículos 71 y 72 de la Ley N° 26.221, aprobatoria del Convenio Tripartito suscripto entre el entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 12 de octubre de 2006.
Tal normativa determina que cuando AySA considere que se han producido o están por acontecer hechos, circunstancias o acciones que incidan en los planes, programas de obras o acciones a desarrollar, podrá requerir la intervención de la autoridad de aplicación para analizar efectos y propuestas para minimizarlos o superarlos.
En ese contexto, la propuesta presentada por AySA prevé un incremento de las tarifas que percibe del orden del 20% a partir del 1 de julio de 2022 y otro de un 10% acumulativo aplicable desde el día 1 de octubre de 2022 (ver informe de AySA sujeto a la consideración en https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2022/04/documento_audiencia_publica.pdf). Cabe destacar que según el régimen aplicable las tarifas por los servicios prestados deberían permitir recuperar todos los costos asociados a aquellos –incluyendo los operativos, de inversión y de carácter impositivos y financieros, contemplados en los planes aprobados y realizados de manera eficiente– lográndose así el equilibrio económico financiero de la concesión.
Convocatoria para la celebración de las audiencias públicas
Las Resoluciones consideraron que si bien los marcos regulatorios aplicables no contemplan expresamente la obligatoria celebración de audiencias públicas para los fines de la adopción de las medidas en trato, era pertinente asegurar la transparencia y la participación pública y dispusieron su realización bajo el Reglamento General de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional, aprobado por el Decreto N° 1172/2003.
Las audiencias públicas serán celebradas a través de plataformas digitales en las siguientes fechas:
De acuerdo con lo establecido por el Reglamento General de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional, podrán participar en las audiencias públicas convocadas todas las personas humanas o jurídicas, públicas o privadas, que invoquen un interés simple, difuso o de incidencia colectiva relacionados con la temática a abordarse.
Para tales fines, las Resoluciones N° 235/2022, 236/2022 y 237/2022 de la Secretaría de Energía prevén que los interesados deban inscribirse en forma previa, a través del formulario de inscripción disponible en el siguiente link, donde podrán encontrar los informes técnicos elaborados a exponerse en cada audiencia pública.
En el caso de la Resolución N° 42/2022 de la Secretaría de Obras Públicas, se prevé que la vista de las actuaciones, la inscripción de los expositores y la presentación de documentación relacionada con el objeto de la audiencia pública en la sede del Ente Regulador de Agua y Saneamiento, en la dirección y horarios allí indicados.
Para acceder a la Resolución N° 235/2022 de la Secretaría de Energía, haga clic aquí.
Para acceder a la Resolución N° 236/2022 de la Secretaría de Energía, haga clic aquí.
Para acceder a la Resolución N° 237/2022 de la Secretaría de Energía, haga clic aquí.
Para acceder a la Resolución N° 42/2022 de la Secretaría de Obras Públicas, haga clic aquí.
Por María Inés Corrá y Cristian Galansky
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