Determinan competencia para entender en la investigación del fraude cometido mediante la copia de banda magnética de tarjeta de crédito

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que corresponde entender a la Justicia Nacional en la investigación originada por la denuncia de vaciamiento de cuenta bancaria a través de extracciones y transferencias realizadas mediante la copia de banda magnética.

 

En el marco de la causa R. R. M. E. s/ su denuncia – defraudación”, entre el Juzgado de Instrucción Nro. 2 de la ciudad de Ushuaia, provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nro. 17, se suscitó la presente contienda negativa de competencia en la causa instruida a raíz de la denuncia de M. E. R. R.

 

Cabe señalar que el denunciante refirió que personas desconocidas vaciaron su cuenta corriente del Citibank, sucursal Mendoza, mediante extracciones de dinero en cajeros automáticos y transferencias electrónicas y que, además, le habrían acreditado cuatro mil pesos que provendrían de otro delito.

 

A ello, el denunciante agregó que una empleada del banco le dijo que las operaciones habrían sido posibles mediante la copia de la banda magnética de la tarjeta.

 

En este marco, el juez local se declaró incompetente a favor de la justicia nacional, con base en que tres de las cuatro extracciones por cajero ocurrieron en esta ciudad. Por su parte, el juez nacional rechazó tal atribución por considerarla prematura, ya que no se llevaron a cabo medidas tendientes a establecer el lugar en el que se habría copiado la banda magnética, lo cual está estrechamente vinculado a la posterior extracción de dinero.

 

El Procurador Fiscal sostuvo en su dictamen, al cual adhirió la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que “toda vez que de acuerdo a los dichos no controvertidos de la denunciante, corroborados por el informe bancario, el desapoderamiento del dinero ocurrió tanto por transferencias electrónicas -respecto de las cuales no se cuenta con información-, como por extracciones en cajeros automáticos, las cuales fueron realizadas en su mayoría en entidades bancarias de esta ciudad, opino que corresponde a la justicia nacional conocer en esta investigación, sin perjuicio de lo que resulte ulteriormente”.

 

Al remitirse a los fundamentos del dictamen del Procurador Fiscal, el Máximo Tribunal resolvió en la sentencia del 19 de mayo pasado, que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nro. 17, al que se le remitirá.

 

 

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