Mediante la Resolución General N° 1166 (la “RG N° 1166“), del 14 de septiembre de 2026, la CNV modificó las Normas CNV en materia de prevención de lavado de dinero (PLD) y modalidades de pago, eliminando la utilización de cheques, físicos y electrónicos, como medio de ingreso de fondos y de pago en cuentas comitentes.
Cabe destacar que recientemente las RG N° 1139 y 1141 habían incorporado el cheque electrónico y fijado un límite de dos (2) pagos por cheque por día y por cliente. Ahora, la CNV revierte esa decisión. A partir de ahora, los sujetos obligados registrados ante la CNV solo podrán recibir y entregar fondos a clientes mediante transferencias desde y hacia cuentas bancarias a la vista de titularidad o cotitularidad del cliente, abiertas en entidades autorizadas por el BCRA, o desde y hacia la CVU de la CUIT del cliente.
Como excepción al requisito de titularidad, los inversores extranjeros sometidos a una debida diligencia especial podrán recibir y enviar transferencias bancarias desde y hacia entidades reguladas por el BCRA que actúen en calidad de custodio local de tales inversores, o de una entidad extranjera que participe como “Entidad Financiera/Bancaria del Extranjero” en los términos de la normativa de la UIF. En ambos casos, los inversores deberán entregar a los ALyC una instrucción específica o permanente con los datos de la cuenta abierta en el custodio local.
La RG N° 1166 rige desde el 15 de septiembre de 2026.
Por Luciana Denegri, Felipe Videla y María Victoria Pavani
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