El BCRA refuerza la gestión de ciberincidentes en el sistema financiero

El BCRA dictó la Comunicación “A” 8280, que modifica los Lineamientos para la Respuesta y Recuperación ante Ciberincidentes (RRCI), introduciendo nuevas obligaciones que impactan en la operación de:

 

  • Entidades financieras,
  • Proveedores de servicios de pago (PSP) registrados ante el BCRA (anteriormente las RRCI aplicaban solo a PSP que ofrecen cuentas de pago), y
  • Infraestructuras del mercado financiero consideradas de importancia sistémica.

¿Qué establece la norma?

 

Las entidades alcanzadas deberán notificar de forma obligatoria a la Superintendencia (SEFYC) los incidentes que afecten la disponibilidad de servicios a clientes o comprometan la confidencialidad o integridad de los datos. Esto incluye también incidentes ocurridos en terceros proveedores.

Plazos clave:

 

  • Notificación inicial: dentro de la primera hora de detectado el incidente.
  • Reportes periódicos mientras persista.
  • Reporte de cierre: dentro de los 5 días corridos desde la resolución.

Además, se exige dejar constancia escrita de los criterios adoptados para implementar los lineamientos, que deberán estar disponibles para la SEFYC.

 

 

RICHARDS CARDINAL TÜTZER ZABALA & ZAEFFERER S.C.
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