El Ministerio de Salud regula la despapelización en la dispensa de medicamentos

Mediante la Resolución Nº 638/2026 del Ministerio de Salud (la “Resolución”), publicada en el Boletín Oficial el 5 de junio de 2026, se avanza en la digitalización total del circuito de salud, enfocándose en la dispensa de medicamentos en las farmacias.

A continuación se mencionan los puntos clave de la Resolución:

 

  • Las farmacias deberán implementar sistemas de gestión que permitan validar y registrar digitalmente la entrega de medicamentos ambulatorios, promoviendo la eliminación del papel.
  • Se reconoce oficialmente al token digital (o mecanismos equivalentes) como un método válido para identificar al paciente al momento de retirar su medicación.
  • Si un tercero va a buscar los remedios en nombre del paciente, podrá hacerlo mediante una autorización o credencial digital (también vía token).
  • Sin importar si retira el titular o un tercero autorizado, la farmacia deberá solicitar y registrar el documento de identidad de la persona que se presenta físicamente en el mostrador. Esto queda asociado a la transacción como un control adicional.
  • Los sistemas de las farmacias deberán registrar y conservar los datos de facturación de cada entrega como un respaldo secundario ante eventuales auditorías o reclamos.

Las farmacias y los proveedores de sistemas de salud digital tienen un plazo máximo de 180 días corridos para hacer todas las adecuaciones técnicas y operativas necesarias.

Por Guillermo E. Quiñoa, M. Carolina Abdelnabe Vila y Nicolás E. del Hoyo

 

 

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
Ver Perfil

Opinión

Cuando la omisión desafía a la Constitución
Por Pablo A. Pirovano (*)
Fores
detrás del traje
Nos apoyan