Aclaran ante la falta de medios tecnológicos para realizar la audiencia preliminar del art. 360 CPCCN

En la causa "Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores c/Swiss Medical S.A. s/Ordinario", la asociación actora apeló la resolución que luego de ordenar la apertura a prueba de las actuaciones, dispuso que el plazo de 40 días comenzaría a regir desde que se llevara a cabo la audiencia preliminar del art. 360 CPCCN, "la cual no podía cumplimentarse en la actualidad por carecer de medios tecnológicos implementados al efecto".

 

La recurrente afirmó que la postura adoptada implicaría la "paralización del proceso por tiempo indeterminado e incierto para las partes", y requirió se declarara la innecesariedad de la celebración de la audiencia para el proveimiento de las pruebas ofrecidas. 

 

La Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial señaló la importancia de articular las medidas excepcionales que sean necesarias a los fines de asegurar tanto el cumplimiento de los protocolos dictados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el marco de la pandemia, como así también el mandanto de afianzamiento de la justicia a través de los recursos provistos.

 

Lo cierto, es que el Juez de grado manifestó no contar con herramientas informáticas adecuadas para llevar adelante una audiencia de modo remoto. No obstante ello, los camaristas hicieron referencia a lo apuntado por la Sra. Fiscal General en el sentido que "circunstancias excepcionales exigen soluciones excepcionales".

 

En dicho marco, el decisorio apelado no otorgaba posibilidades de acción sino que se limitaba a poner en conocimiento de las partes una realidad que les resultaba infranqueable, con incertezas respecto a la reanudación efectiva de los plazos procesales.

 

Así las cosas, los magistrados señalaron que "si persisten las circunstancias de infraestructura invocadas en el grado o no se ofrece una alternativa diversa que posibilite el avance del proceso -sobre el que nadie podría agraviarse- deberá procederse derechamente a proveer la prueba ofrecida".

 

Por lo expuesto, el 10 de diciembre los Dres. Barreiro, Luccheli y Tevez revocaron la providencia de grado.

 

 

Artículos

Nueva normativa sobre lavado de activos - Creación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales
TCA Tanoira Cassagne
empleos
opinión
ver todos
Cambiar cambios que cambien … así las cosas …. no cambian
Por Santiago A. Gonzalez
Gonzalez & Schindler

El impago de la provisión de fondos del arbitraje: tres salidas del impasse
Por Esther Romay Jove (*)
Dunning Rievman & Macdonald LLP

Un nuevo pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre discriminación
Por Lucas J. Battiston
PASBBA Abogados

Responsabilidad de socios y administradores por créditos laborales – Alternativa disponible al abuso de jurisdicción
Por Juan Martin Crespo
Brons & Salas

detrás del traje
Gustavo Ariel Atta
De AVOA ABOGADOS
Nos apoyan
.
Bruchou & Funes de Rioja junto con TCA Tanoira Cassagne asesoran en la emisión de Obligaciones Negociables Clase XIV y XV de YPF Energía Eléctrica S.A.
.
Marval O’ Farrell Mairal y TCA Tanoira Cassagne asesoraron en la emisión de obligaciones negociables de Edenor por un monto de US$ 100.000.000
.
TCA asesoró en la compra de Evolución SGR
Paraguay
FERRERE asesora a familia Arréllaga en la formalización de su protocolo familiar
El despido directo en los términos del art. 247 LCT
La competencia de los juzgados contenciosos administrativos federales y los criterios material y normativo
La unificación de la responsabilidad contractual y extracontractual y la prescripción
La CNAT aplicó la jurisprudencia de la CSJN que limitó la forma de calcular los intereses en indemnizaciones laborales
Nueva normativa sobre lavado de activos - Creación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales
Teletrabajo en Zonas Francas: se flexibilizan condiciones para su implementación
Multas y daños punitivos: ¿qué pasó a un año de la modificación a la Ley de Defensa del Consumidor?
Reputación empresarial en peligro ante casos de violencia laboral. Cómo prevenirlo. Necesaria interacción entre las áreas de Compliance y recursos humanos