La AFIP Aumenta sus Controles sobre los Monotributistas
Estimándose que tendrá un fuerte impacto sobre los abogados y peritos por los honorarios judiciales que cobran al obtener sentencias favorables para sus clientes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó que a partir de mayo las empresas deberán controlar la facturación de sus monotributistas proveedores. Según la medida aprobada por la AFIP, en el caso de que se excedan de los límites de la última categoría, deberán retenerles el 21 % del IVA y el 35% de Ganancias sobre el pago que están efectuando hasta que se inscriban en el Régimen General, tomándose tales retenciones como un pago a cuenta. La Resolución de la AFIP especifica que la retención debe ser efectuada por las entidades bancarias que efectúen los pagos en cumplimiento de las libranzas judiciales”, aclarando la normativa que deben considerarse en forma acumulativa todos los pagos efectuados a un mismo sujeto en los once meses inmediatos anteriores al pago que debe efectuarse en el mes 12. A través de esta medida, el fisco busca que sean las propias empresas las que controlen a sus proveedores monotributistas que superen el tope anual de 200 mil o 300 mil pesos según el sector.

 

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