La AFIP reglamenta el Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social establecido por la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes (“Régimen de Regularización Tributaria”)

El 16 de julio de 2024 la Administración Federal de Ingresos Públicos publicó en el Boletín Oficial la Resolución General N° 5525/2024 (la “AFIP” y “Resolución”, respectivamente), mediante la cual se establecen los requisitos y disposiciones que deberán cumplir aquellos contribuyentes y responsables que pretendan adherir al Régimen de Regularización Tributaria. La Resolución entrará en vigencia el 17 de julio de 2024.

 

Entre las cuestiones reglamentadas por la Resolución, se incluyen: (i) los requisitos para la adhesión al régimen; (ii) las modalidades de adhesión; (iii) los planes de facilidades de pago para los distintos tipos de contribuyentes y responsables, incluyendo los supuestos de caducidad; (iv) el procedimiento de adhesión; (v) la suspensión de acciones penales e interrupción de la prescripción; (vi) la condonación de intereses y multas; (vii) la regularización de deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa y judicial; y (viii) demás cuestiones generales referidas al Régimen de Regularización Tributaria.

 

Cabe recordar que el acogimiento al Régimen de Regularización Tributaria puede formularse desde la entrada en vigencia de la Resolución y hasta transcurridos 150 días corridos contados desde dicha fecha, es decir, hasta el 13 de diciembre de 2024, inclusive.

 

Por Manuel M. Benites, L. Marcelo Núñez y Facundo Fernández Santos

 

 

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
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