En el día de hoy se publicó en el BO (Boletín Oficial) la Resolución General 7/2026 de la Inspección General de Justicia (IGJ), mediante la cual se crea el Sistema Online de Documentación Abierta de IGJ, una nueva plataforma para la tramitación digital de actuaciones ante la Inspección General de Justicia, con el objetivo de profundizar la «despapelización» y simplificar los procedimientos registrales y de fiscalización.
Principales novedades
1. Creación del Sistema Online de Documentación Abierta
Se establece un sistema único para la recepción, tramitación y gestión digital de los trámites ante la IGJ. Las presentaciones realizadas por este medio tendrán los mismos efectos jurídicos que las efectuadas en soporte papel.
2. Presentaciones exclusivamente digitales
Se modifica el artículo 5° del Anexo A de la RG IGJ 15/2024 para disponer:
El acceso al sistema se realizará desde el sitio web oficial de la IGJ.
La autenticación se efectuará mediante Clave Fiscal ARCA nivel 3 o superior.
Dicha autenticación funcionará como firma electrónica en los términos de la Ley 25.506.
Toda la documentación presentada tendrá carácter de declaración jurada, siendo el presentante responsable por su autenticidad e integridad.
3. Implementación gradual
La digitalización no será inmediata para todos los trámites:
- La incorporación al sistema será progresiva.
- La IGJ determinará qué trámites se habilitan en cada etapa.
- Mientras un trámite no sea incorporado, continuará utilizando el mecanismo actualmente vigente.
4. Expediente electrónico y notificaciones
El nuevo artículo 6° del Anexo A de la RG IGJ 15/2024 establece que:
- El formulario de actuación será generado automáticamente por el sistema.
- Cada presentación originará un expediente electrónico, que constituirá el repositorio oficial de la documentación.
- Las notificaciones se cursarán al domicilio electrónico constituido y tendrán los mismos efectos que una notificación personal o por cédula.
5. Delegación para dictar instructivos
La resolución faculta a las Direcciones y Jefaturas de Departamento de la IGJ a emitir instructivos y normas operativas para:
- Definir requisitos técnicos.
- Establecer formatos de archivos y estándares de seguridad.
- Regular aspectos procedimentales no previstos expresamente en la normativa.
Vigencia
La resolución entra en vigencia el 2 de julio de 2026. Sin embargo, la utilización obligatoria del sistema para cada trámite dependerá del cronograma de implementación que establezca la propia IGJ.
Impacto práctico
La RG 7/2026 implica:
- La consolidación de la despapelización de los trámites ante la IGJ.
- La equiparación jurídica entre documentos digitales y soporte papel.
- La utilización de la Clave Fiscal como mecanismo de autenticación y firma electrónica.
- La creación de expedientes íntegramente electrónicos.
- Una mayor agilidad y simplificación administrativa para sociedades y entidades sujetas al control del organismo
Para saber exactamente qué trámites deben ingresarse ya por la nueva plataforma y cuáles continúan por TAD o por el sistema tradicional, hay que consultar el “Cronograma actualizado de implementación de la RG IGJ 5/2026” que la IGJ publica y actualiza en su sitio oficial.
Por Natalia Mendez
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