Ratifican Procesamiento por Fraude Informático a Través de Phising

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el procesamiento de dos personas que se encontraban imputadas por haber llevado a cabo maniobras de fraude mediante la técnica de manipulación informática conocida como “phising”.

 

Por medio de tal maniobra, los imputados habrían obtenido los datos necesarios –códigos de transferencia y número de tarjeta de crédito- para poder operar la cuentas bancarias de otra persona, y efectuar transferencia de dinero desde la cuenta caja de ahorro de la víctima hacia otra cuenta.

 

En la resolución del pasado 3 de agosto,  tras resaltar que en su descargo, los imputados nada presentaron para avalar la transacción comercial que alegan como determinante de la transferencia de fondos y por otra parte el monto supuestamente abonado se advierte por demás elevado en relación al producto enajenado, los integrantes de la Sala VI decidieron ratificar el procesamiento de los imputados como coautores del delito de defraudación previsto en el artículo 173 inciso 16 del Código Penal.

 

Es importante señalar que dicha forma de defraudación fue incorporada al artículo 173 inciso 16 del Código Penal en la reforma aprobada en el año 2008, contemplando una pena de un mes a seis años al que “defraudare a otro mediante cualquier técnica de manipulación informática que altere el normal funcionamiento de un sistema informático o la transmisión de datos”.

 

 

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