La medida fue ordenada por un Juez Federal de Primera Instancia de Bahía Blanca, en el contexto de una investigación por infracción a la Ley 23.737 de Estupefacientes. A esos fines, autorizó al personal policial a utilizar la “mínima fuerza necesaria” para exponer la cara del imputado al teléfono.
La defensa apeló la decisión, invocando una violación a los derechos de intimidad y privacidad, al derecho de defensa en juicio y a la garantía contra la autoincriminación. Sin embargo, la Sala I de la Cámara Federal de Bahía Blanca no hizo lugar al recurso y convalidó el procedimiento ordenado por el juez.
Al resolver en este sentido, la Cámara valoró especialmente que el desbloqueo no requiere un aporte positivo del imputado a la investigación (como sí lo sería la entrega de una clave de liberación), sino un comportamiento meramente pasivo, que no importa un trato “…degradante o humillante…”.
Por Andrés O´Farrel, Fernando Frávega, Maximiliano Rizza y Natasha Karel Spak
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