A través de la Resolución General Nº 866/2020 -publicada el día de la fecha en el Boletín Oficial- la Comisión Nacional de Valores modifica la regulación aplicable a Fondos Comunes de Inversión (FCI) que califican como instrumentos de inversión según el régimen de sinceramiento fiscal
introducido por la Ley N° 27.260.
En tal sentido, la Resolución se enmarca en reglamentación previa de la CNV que establecía los requisitos que debían cumplir los FCI a efectos de ser considerados una alternativa de inversión en los términos de la ley antes mencionada. En ese contexto, dicha reglamentación indicaba que los
fondos declarados voluntaria y excepcionalmente bajo el régimen establecido por la Ley N° 27.260 podían invertirse -de manera transitoria- en la suscripción de cuotapartes en FCI Abiertos (FCIA) constituidos exclusivamente por letras del tesoro nacional y títulos públicos nacionales nominados en dólares con plazo de vencimiento inferior o igual a 1 año.
De ese modo, teniendo en cuenta las actuales condiciones de mercado, la Resolución redefine las opciones de inversión de los FCIA al establecer que el patrimonio neto de dichos fondos podrá ser invertido exclusivamente en valores negociables emitidos y negociados en el país.
Por último, la Resolución introdujo ciertas disposiciones aplicables a los FCI Cerrados a los fines de ampliar las opciones de inversión de los fondos líquidos disponibles durante el plazo de vigencia del fondo, permitiendo, a dichos efectos, su inversión en cuotapartes de FCIA y/o en activos cuyas características y riesgo sean compatibles con los requerimientos de liquidez, los
objetivos del fondo y su plan de inversión.
Por Agustín Cerolini y Julieta Mel
Opinión
Brons & Salas
opinión
ver todosKabas & Martorell
PASBBA
NORDELTA S.A.